Resolución Exenta N° 130 · OTROS · 15/11/2021

Convenio SII-Hacienda permite intercambio de información y servicios compartidos

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 130 del 15 de Noviembre del 2021

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 130 aprueba un convenio de colaboración entre el SII y la Secretaría General del Ministerio de Hacienda que formaliza el intercambio de información, servicios y recursos entre ambas entidades. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes cuyos datos tributarios pueden ser compartidos con la Secretaría de Hacienda, funcionarios del SII involucrados en gestiones interinstitucionales, y profesionales que asesoran en materias de reserva tributaria y protección de datos. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué autoriza este convenio de colaboración? → El intercambio de información, servicios y recursos entre el SII y la Secretaría de Hacienda. - ¿Puede el SII compartir información tributaria con Hacienda bajo este marco? → Sí, dentro de los límites del convenio y la normativa de reserva tributaria vigente. - ¿Qué tipo de recursos pueden compartirse? → Servicios administrativos, información estadística, datos operacionales y recursos humanos o técnicos. - ¿Este convenio afecta la reserva tributaria de los contribuyentes? → Solo en la medida que la ley autorice el intercambio entre organismos del Estado para fines institucionales. **Lo que debes tener claro:** - **Marco legal de intercambio entre organismos públicos:** este convenio se basa en las facultades de colaboración entre servicios del Estado, sin crear nuevas excepciones a la reserva tributaria más allá de las ya establecidas por ley. - **Alcance limitado a fines institucionales:** la información compartida debe utilizarse exclusivamente para funciones propias de política fiscal, estudios económicos o gestión administrativa del Ministerio de Hacienda, no para fiscalización externa. - **No genera derechos ni obligaciones para terceros:** los contribuyentes no pueden invocar este convenio para solicitar acceso a información ni para oponerse a intercambios autorizados por ley. - **Riesgo de ampliación futura del alcance:** aunque esta resolución es administrativa, establece precedente para convenios similares con otras entidades, lo que podría ampliar gradualmente el uso de datos tributarios en el sector público. **Ejemplo práctico:** El Ministerio de Hacienda está elaborando un estudio sobre el impacto de incentivos tributarios a la inversión en zonas extremas y requiere datos agregados de declaraciones de renta de contribuyentes acogidos a la Ley Arica. Bajo este convenio, el SII puede entregar estadísticas anonimizadas por región y tramo de inversión sin vulnerar la reserva tributaria individual. Sin embargo, si Hacienda solicitara identificar contribuyentes específicos para auditoría de políticas públicas, el SII debería verificar primero si existe autorización legal específica más allá del convenio, ya que este no crea por sí solo excepciones a la reserva del artículo 35 del Código Tributario.

Resumen oficial SII

Aprueba Convenio de Colaboración entre Secretaría y Administración General del Ministerio de Hacienda y Servicio de Impuestos Internos.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2021/reso130.pdf