Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 22 del 25 de Febrero del 2021
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 22 modifica los plazos y forma de presentación de las declaraciones juradas anuales N° 1847 (rentas del exterior) y N° 1926 (regímenes especiales de tributación), establecidos originalmente en la Resolución Ex. N° 123 de 2020. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes con rentas, inversiones o establecimientos permanentes en el exterior obligados a presentar DJ 1847, y beneficiarios de regímenes especiales de tributación simplificada o transparencia fiscal que deben presentar DJ 1926, correspondientes al año tributario 2020. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué declaraciones juradas modifica esta resolución? → Las DJ anuales N° 1847 (rentas del exterior) y N° 1926 (regímenes especiales). - ¿Qué resolución anterior se modifica? → La Resolución Exenta SII N° 123 del 30 de septiembre de 2020. - ¿A qué año tributario aplica esta modificación? → Al año tributario 2020 y declaraciones presentadas durante 2021. - ¿Qué aspectos específicos se modifican? → La forma y los plazos para presentar ambas declaraciones juradas. **Lo que debes tener claro:** - **Modificación de plazos ya vigentes:** los contribuyentes que planificaron su cumplimiento bajo la Resolución 123/2020 deben revisar las nuevas fechas para evitar presentaciones extemporáneas con multas asociadas. - **Impacta regímenes de transparencia fiscal:** la DJ 1926 incluye contribuyentes acogidos a regímenes pro-pyme, transparencia tributaria y otras estructuras simplificadas cuyas obligaciones de información son críticas para mantener el beneficio. - **Rentas del exterior bajo escrutinio:** la DJ 1847 captura información de establecimientos permanentes, rentas pasivas y controladas extranjeras, cuya omisión o error puede derivar en fiscalizaciones por precios de transferencia o elusión. - **Sin retroactividad sancionatoria:** aunque modifica plazos, el SII no puede sancionar presentaciones hechas conforme a la resolución original si se efectuaron antes de la publicación de esta modificación, pero sí puede requerir correcciones. **Ejemplo práctico:** Una empresa chilena con una subsidiaria en Perú que generó utilidades por USD 200.000 durante 2020 debía presentar la DJ 1847 bajo los plazos de la Resolución 123/2020 con vencimiento en abril 2021. La Resolución 22/2021 extiende ese plazo hasta mayo 2021, permitiendo que la empresa ajuste la información sobre créditos por impuestos pagados en el exterior antes de declarar, evitando así una rectificatoria posterior. Si la empresa presentó en abril bajo la resolución original, no hay infracción, pero debe verificar si la nueva versión exige información adicional que deba complementar.
Resumen oficial SII
Modifica resolución Ex. SII Nº 123 de 30.09.2020, que establece la forma y plazo para presentar las declaraciones juradas anual N° 1847 y N° 1926.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2021/reso22.pdf