Resolución Exenta N° 24 · IVA · 26/02/2021

Prórroga de vigencia para discontinuar vales de papel y electrónicos

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 24 del 26 de Febrero del 2021

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Ex. N° 24 extiende el plazo para que los contribuyentes que emiten vales de papel o vales electrónicos en reemplazo de boletas completen su migración al sistema de boletas, modificando las fechas de entrada en vigencia de las resoluciones 108 y 165 de 2020. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes que actualmente emiten vales de papel o vales electrónicos en reemplazo de boletas de ventas y servicios, particularmente comercios minoristas que aún no han migrado completamente al sistema de boleta electrónica obligatorio. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué resuelve esta resolución exenta? → Modifica la fecha de entrada en vigencia de las resoluciones que eliminan los vales de papel y electrónicos. - ¿Qué resoluciones se ven afectadas por esta prórroga? → Las resoluciones exentas SII N° 108 y N° 165 de 2020. - ¿Pueden seguir usándose vales en reemplazo de boletas temporalmente? → Sí, hasta la nueva fecha de vigencia establecida en esta modificación. - ¿Quiénes deben prepararse para esta transición? → Todos los emisores de vales de papel o electrónicos que aún no emiten boletas. **Lo que debes tener claro:** - **Extensión temporal del régimen antiguo:** la resolución otorga plazo adicional para que contribuyentes continúen emitiendo vales mientras completan la migración al sistema de boletas. - **Afecta dos tipos de vales:** tanto los vales de papel tradicionales como los vales electrónicos quedan sujetos a la prórroga, sin distinción de soporte. - **Implica obligación futura ineludible:** la prórroga no elimina la obligación de migrar a boletas, solo difiere la fecha límite de cumplimiento. - **Riesgo de sanciones tras la nueva fecha:** una vez vigente la modificación, continuar emitiendo vales constituirá infracción sancionable bajo las normas de documentación tributaria. **Ejemplo práctico:** Una botillería que emite vales de papel por ventas menores a 1.000 pesos y al final del día consolida con una boleta global estaba obligada a descontinuar este sistema según la Res. Ex. 108/2020. Con la Res. Ex. 24/2021, obtiene plazo adicional: puede seguir usando vales hasta la nueva fecha de vigencia, pero debe preparar su sistema de punto de venta para emitir boleta electrónica por cada transacción antes de ese plazo, ya que después enfrentará multas por no documentar correctamente.

Resumen oficial SII

Modifica fecha de entrada en vigencia de la Resolución Ex. SII N° 108 y N° 165 de 2020, que deja sin efecto las instrucciones relativas a vales en reemplazo de boletas y vales electrónicos en reemplazo de la boleta de ventas y servicios en la forma y condiciones que indica.

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2021/reso24.pdf