Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 40 del 14 de Abril del 2021
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 40 establece el procedimiento específico para que los pensionados mencionados en el inciso tercero del artículo 4 de la Ley N° 21.323 puedan acceder al bono de clase media, diferenciándolos del proceso general aplicable a otros beneficiarios. **¿A quién le importa esto?** Pensionados que cumplen los requisitos del inciso tercero del artículo 4 de la Ley N° 21.323 sobre bono clase media, particularmente aquellos que reciben pensiones y necesitan acreditar su condición ante el SII para obtener el beneficio. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Quiénes son los pensionados beneficiarios de este procedimiento especial? → Los pensionados señalados en el inciso tercero del artículo 4 de la Ley N° 21.323. - ¿Qué beneficio otorga esta resolución a los pensionados? → El acceso al bono de clase media mediante un procedimiento específico definido por el SII. - ¿Este procedimiento es igual al de trabajadores dependientes e independientes? → No, es un procedimiento diferenciado exclusivo para este grupo de pensionados. - ¿Desde cuándo rige este procedimiento especial? → Desde el 14 de abril de 2021, fecha de emisión de la resolución. **Lo que debes tener claro:** - **Procedimiento diferenciado obligatorio:** los pensionados del inciso tercero del artículo 4 no pueden acceder al bono por los canales regulares, sino que deben seguir el trámite establecido en esta resolución. - **Base legal específica en Ley 21.323:** esta resolución operacionaliza lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 4, que contempla expresamente a pensionados como beneficiarios con modalidad distinta. - **Competencia exclusiva del SII:** el servicio es el único organismo autorizado para administrar y aprobar las solicitudes de estos pensionados, sin intervención de otros organismos previsionales. - **Riesgo de rechazo por vía incorrecta:** pensionados que intenten solicitar el bono por plataformas generales pueden ver rechazadas sus solicitudes si no siguen el procedimiento de esta resolución. **Ejemplo práctico:** Un pensionado de 68 años que recibe una pensión mensual de 420.000 pesos y cumple los requisitos del inciso tercero del artículo 4 de la Ley 21.323 debe presentar su solicitud de bono clase media siguiendo el procedimiento establecido en la Resolución Exenta N° 40, ingresando la documentación requerida directamente al SII. Si intenta solicitarlo por la plataforma general del IPS o mediante empleadores, su solicitud será rechazada por no corresponder al canal habilitado para su categoría de beneficiario.
Resumen oficial SII
Fija procedimiento para otorgar bono de clase media a los pensionados indicados en el inciso tercero del artículo 4 de la Ley N° 21.323, que establece un nuevo bono clase media y un préstamo solidario para la protección de los ingresos de la clase media.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2021/reso40.pdf