Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 60 del 14 de Junio del 2021
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** Las empresas boleteras quedan autorizadas para emitir boletas de servicios por cuenta de las productoras u organizadoras de espectáculos públicos y reuniones pagadas, siempre que cumplan los requisitos de autorización y registro establecidos en la resolución. **¿A quién le importa esto?** Empresas de venta de entradas (boleteras), productoras y organizadoras de espectáculos públicos, conciertos, eventos deportivos y reuniones pagadas que operan mediante canales de distribución de tickets, especialmente aquellas que venden entradas en puntos de venta externos o plataformas digitales. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Pueden las boleteras emitir boletas de servicios por cuenta de las productoras? → Sí, si cuentan con autorización expresa de la productora y cumplen los requisitos de registro. - ¿Qué debe contener la boleta emitida por la boletera? → Debe identificar claramente a la productora como prestadora del servicio, no a la boletera. - ¿La boletera debe tener autorización previa del SII? → Debe cumplir con los requisitos de emisión electrónica y registro, según lo establecido en la resolución. - ¿Quién es el prestador del servicio para efectos tributarios? → La productora u organizadora del espectáculo, aunque la boletera emita materialmente el documento. **Lo que debes tener claro:** - **La boletera actúa como emisor por cuenta ajena:** esto significa que no es prestadora del servicio sino intermediaria documental; la productora sigue siendo el sujeto tributario responsable del ingreso. - **Requisito de mandato o autorización formal:** la boletera debe contar con autorización expresa de la productora para emitir boletas en su nombre, configurando una relación de representación comercial. - **Diferencia entre comisión por venta y prestación del servicio:** la boletera puede cobrar comisión por distribución (sujeta a IVA aparte), pero el servicio de espectáculo lo presta la productora, evitando doble tributación. - **Implicancia en fiscalización:** el SII puede cruzar información entre boleteras y productoras para verificar que los ingresos declarados por la productora coincidan con las boletas emitidas por sus distribuidores autorizados. **Ejemplo práctico:** Una productora de conciertos organiza un evento masivo con 10.000 entradas a 50.000 pesos cada una (500.000.000 total). Contrata a una boletera para vender 7.000 entradas mediante su plataforma digital. La boletera emite boletas de servicios donde figura la productora como prestadora del servicio, recaudando 350.000.000; la productora declara ese ingreso en su declaración de IVA. La boletera, por su parte, emite su propia factura a la productora por 10.500.000 (3% de comisión) más IVA, correspondiente a su servicio de intermediación.
Resumen oficial SII
Emisión de boletas de servicios por cuenta de empresas productoras u organizadoras de espectáculos públicos y reuniones pagadas.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2021/reso60.pdf