Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 81 del 09 de Julio del 2021
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 81 aprueba un convenio de intercambio de información entre la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales y el SII, permitiendo que ambas entidades compartan datos para fiscalización de operaciones de comercio exterior y cumplimiento tributario. **¿A quién le importa esto?** Importadores, exportadores, empresas con operaciones internacionales, contribuyentes que invocan tratados de libre comercio, agentes de aduanas, y cualquier contribuyente con actividades relacionadas con comercio exterior susceptibles de fiscalización tributaria. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué autoriza este convenio entre SII y Subrei? → El intercambio formal de información y colaboración mutua entre ambas entidades. - ¿Qué tipo de información puede compartirse? → Datos sobre operaciones de comercio exterior, tratados comerciales, importaciones, exportaciones y cumplimiento tributario relacionado. - ¿A quiénes afecta este intercambio de datos? → A todos los contribuyentes con operaciones de importación, exportación o que invoquen beneficios de tratados internacionales. - ¿Desde cuándo opera este convenio? → Desde el 9 de julio de 2021, fecha de la resolución que lo aprueba formalmente. **Lo que debes tener claro:** - **Fiscalización cruzada automatizada:** el SII puede recibir información de Subrei sobre operaciones internacionales sin solicitud individual, permitiendo detectar inconsistencias entre declaraciones aduaneras y tributarias. - **Alcance de la información compartida:** incluye datos sobre uso de preferencias arancelarias, certificados de origen, valoración aduanera y cualquier antecedente relevante para verificar cumplimiento tributario en comercio exterior. - **Sin notificación previa al contribuyente:** el intercambio opera entre instituciones sin que el contribuyente sea informado cada vez que sus datos son compartidos, aumentando el riesgo de fiscalizaciones sorpresivas. - **Impacto en planificación tributaria internacional:** contribuyentes que estructuran operaciones con beneficios de tratados deben asegurar coherencia absoluta entre documentación aduanera y declaraciones de renta, ya que ambas fuentes serán contrastadas sistemáticamente. **Ejemplo práctico:** Una empresa importadora declara en aduana mercancías chinas valorizadas en 180.000.000 de pesos aprovechando preferencias arancelarias del TLC Chile-China, pero en su declaración de IVA mensual registra compras internacionales por 250.000.000 de pesos. Bajo el convenio SII-Subrei, el servicio recibe automáticamente la información aduanera y detecta la discrepancia de 70.000.000 de pesos, iniciando fiscalización por posible subfacturación aduanera o declaración incorrecta de crédito fiscal IVA, sin que la empresa haya sido previamente notificada del cruce de información.
Resumen oficial SII
Aprueba Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales y el Servicio de Impuestos Internos.
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de Gestión Estratégica y Estudios Tributarios.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2021/reso81.pdf