Circular N° 1 · OTROS · 11/01/2022

Circular N° 1/2022 fija UF enero-febrero para reajustar créditos de dinero

Materia del circular

Circular N° 1 del 11 de Enero del 2022

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Circular N° 1 de 2022 establece los valores oficiales de la Unidad de Fomento aplicables a las operaciones de crédito de dinero durante el período comprendido entre el 10 de enero y el 9 de febrero de 2022, ambas fechas inclusive. **¿A quién le importa esto?** Instituciones financieras, empresas de leasing, contribuyentes que otorgan o reciben créditos de dinero reajustables en UF, y cualquier entidad que deba calcular intereses, capital o cuotas indexadas durante el período indicado. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué período abarca esta circular? → Del 10 de enero de 2022 al 9 de febrero de 2022, ambas fechas inclusive. - ¿A qué operaciones aplica este valor de UF? → A todas las operaciones de crédito de dinero expresadas o reajustables en UF. - ¿Quién debe usar estos valores oficiales? → Deudores, acreedores, bancos, financieras y cualquier entidad que registre o liquide operaciones en UF. - ¿Qué pasa si se usa un valor diferente al oficial? → El cálculo de reajustes, intereses y cuotas será inválido para efectos tributarios y contractuales. **Lo que debes tener claro:** - **Obligatoriedad del valor oficial:** tanto para efectos tributarios como contractuales, solo es válido el valor de UF publicado por el Banco Central y comunicado por esta circular. - **Impacto en obligaciones tributarias:** los contribuyentes que declaren intereses, reajustes o valores de activos/pasivos en UF deben usar estos valores para sus registros contables y declaraciones de impuestos. - **Aplicación a todo tipo de crédito:** incluye mutuos, operaciones de leasing, créditos hipotecarios, comerciales, de consumo y cualquier otra obligación expresada en UF. - **Riesgo de desajuste por valor erróneo:** usar un valor de UF diferente al oficial puede generar diferencias en el cálculo de capital adeudado, intereses y tributación de rentas, exponiendo al contribuyente a ajustes y multas. **Ejemplo práctico:** Una empresa mantiene un crédito comercial de 5.000 UF contraído el 15 de diciembre de 2021, con vencimiento de cuota el 25 de enero de 2022. Para calcular el monto en pesos de la cuota, debe usar el valor de UF oficial vigente el día 25 de enero según esta circular: si ese día la UF es $30.850,00 , la cuota equivale a $154.250.000 . Si la empresa usara un valor no oficial (por ejemplo, $30.800), el cálculo sería incorrecto y podría generar diferencias tributarias en la deducción de intereses y registro del pasivo.

Resumen oficial SII

Operaciones de crédito de dinero. Valor de la Unidad de Fomento para los días comprendidos entre el 10 de enero de 2022 y el 9 de febrero de 2022, ambos inclusive.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2022/circu1.pdf