Circular N° 14 · RENTA · 08/04/2022

Impuestos anuales 2022 se reajustan aplicando variación IPC entre noviembre 2020 y octubre 2021

Materia del circular

Circular N° 14 del 08 de Abril del 2022

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Circular N° 14 del 08 de abril de 2022 informa el porcentaje de reajuste IPC que deben aplicar todos los contribuyentes a sus impuestos anuales a la renta correspondientes al año tributario 2022, según lo establecido en el artículo 72 de la Ley sobre Impuesto a la Renta. **¿A quién le importa esto?** Todos los contribuyentes de impuestos anuales a la renta que deben presentar declaración en el año tributario 2022, incluyendo personas naturales con rentas de primera y segunda categoría, empresas en régimen general y contribuyentes con rentas del artículo 42 N° 1 y N° 2. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué impuestos deben reajustarse según esta circular? → Todos los impuestos anuales a la renta declarados y pagados en abril 2022 (AT 2022). - ¿Cuál es el período IPC considerado para el reajuste? → Variación IPC entre noviembre 2020 y octubre 2021, según artículo 72 LIR. - ¿Quién determina el porcentaje oficial de reajuste? → El SII mediante circular anual, basándose en estadísticas del INE. - ¿El contribuyente puede calcular su propio porcentaje? → No, debe aplicar exclusivamente el porcentaje informado por el SII en esta circular. **Lo que debes tener claro:** - **El reajuste es obligatorio y único:** no existe discrecionalidad del contribuyente para aplicar un porcentaje distinto al informado oficialmente por el SII, incluso si sus propios cálculos difieren. - **Aplica a todos los componentes de la declaración anual:** incluye impuesto de primera categoría, global complementario, adicional, créditos, pagos provisionales mensuales y cualquier partida sujeta a reajuste según la LIR. - **El período de medición es fijo por ley:** siempre corresponde a la variación IPC entre el penúltimo noviembre y el penúltimo octubre anteriores a la declaración, independiente de cuándo se generó la renta. - **Impacto en planificación de pagos provisionales:** contribuyentes que pagaron PPM durante 2021 recuperan poder adquisitivo mediante este reajuste al descontar esos pagos en abril 2022, pero la inflación real puede haber superado el beneficio. **Ejemplo práctico:** Una empresa con impuesto de primera categoría determinado de 10.000.000 de pesos en su declaración anual AT 2022 (por rentas del año comercial 2021) pagó PPM durante 2021 por 7.500.000 sin reajuste. Al aplicar el porcentaje IPC informado en esta circular (supongamos 6,7%), los PPM se reajustan a 7.502.500 y el impuesto a 10.670.000, resultando en un saldo a pagar de 3.167.500. Si la empresa hubiera calculado manualmente el IPC y obtuviera 6,8%, igualmente debe usar el 6,7% oficial; usar otro porcentaje genera diferencias rechazadas en la revisión del SII.

Resumen oficial SII

Informa porcentaje de reajuste a aplicar a los impuestos anuales a la renta a declarar y pagar en el año tributario 2022, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 72 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2022/circu14.pdf