Materia del circular
Circular N° 38 del 22 de Agosto del 2022
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Circular N° 38 establece la tabla oficial de factores de reajuste, tasas de interés moratorio y multas aplicables desde septiembre 2022, de uso obligatorio para liquidar obligaciones tributarias, intereses por mora y sanciones pecuniarias. **¿A quién le importa esto?** Todos los contribuyentes personas naturales y jurídicas que deban calcular reajustes de impuestos atrasados, intereses por pago fuera de plazo, o multas tributarias, así como contadores, asesores tributarios y departamentos de contabilidad que liquidan obligaciones con el SII. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué parámetros actualiza esta circular mensualmente? → Factores de reajuste según variación IPC, tasas de interés moratorio mensuales y factores para cálculo de multas tributarias. - ¿Desde cuándo rigen los factores de esta tabla? → Los factores publicados aplican para septiembre 2022 y se actualizan mensualmente con cada nueva circular. - ¿Es obligatorio usar exactamente estos factores del SII? → Sí, son los únicos factores válidos para liquidar obligaciones tributarias, intereses y multas ante el SII. - ¿Qué pasa si uso factores distintos o desactualizados? → La liquidación será incorrecta, pudiendo generar pagos insuficientes con nuevos intereses o pagos en exceso sin reconocimiento automático. **Lo que debes tener claro:** - **Actualización mensual obligatoria:** cada mes el SII publica una nueva circular con factores actualizados; usar tablas de meses anteriores genera errores de cálculo y potenciales diferencias a pagar. - **Tres componentes distintos en la tabla:** reajustes por IPC (actualizan el valor nominal del impuesto), intereses moratorios (penalizan el retraso en el pago) y factores de multa (cuantifican sanciones pecuniarias), cada uno con su metodología de aplicación. - **Base para fiscalización y cobranza:** el SII usa exclusivamente estos factores en sus liquidaciones, giros y procesos de cobranza judicial; cualquier discrepancia debe fundamentarse en error de la tabla oficial, no en fuentes alternativas. - **Diferencia entre reajuste e interés:** el reajuste mantiene el valor real del impuesto adeudado (IPC), mientras el interés moratorio es una sanción adicional por pago tardío; ambos se calculan con factores distintos de la misma tabla y se suman al monto original. **Ejemplo práctico:** Un contribuyente debe pagar IVA de diciembre 2021 atrasado en septiembre 2022. El impuesto original es 1.000.000 de pesos. Debe aplicar el factor de reajuste desde diciembre 2021 a septiembre 2022 según la tabla (supongamos factor 1,089 por IPC acumulado), resultando 1.089.000 pesos reajustados, más el interés moratorio mensual de cada mes de atraso (1,0% mensual promedio en ese período, aproximadamente 9 meses), agregando unos 98.010 pesos de intereses. Total a pagar: aproximadamente 1.187.010 pesos. Si usa factores desactualizados o de otra fuente, el SII rechazará el pago como insuficiente y seguirán corriendo intereses sobre la diferencia.
Resumen oficial SII
Tabla de cálculos de reajustes, intereses y multas septiembre 2022.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2022/circu38.pdf