Materia del circular
Circular N° 51 del 09 de Noviembre del 2022
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Circular N° 51 del 9 de noviembre de 2022 establece los valores oficiales de la Unidad de Fomento para cada día del período comprendido entre el 10 de noviembre y el 9 de diciembre de 2022, aplicables a todas las operaciones de crédito de dinero y contratos indexados a UF. **¿A quién le importa esto?** Instituciones financieras, bancos, cooperativas de ahorro y crédito, empresas que otorgan créditos indexados a UF, contribuyentes con obligaciones contractuales en UF, contadores que registran operaciones en moneda reajustable, y cualquier persona natural o jurídica con contratos vigentes indexados a Unidad de Fomento durante este período. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué período cubre esta publicación de valores UF? → Desde el 10 de noviembre hasta el 9 de diciembre de 2022, ambos inclusive. - ¿A qué operaciones aplican estos valores oficiales? → A operaciones de crédito de dinero y todos los contratos indexados a Unidad de Fomento. - ¿Quién determina y publica estos valores diarios? → El Servicio de Impuestos Internos mediante circular mensual oficial. - ¿Estos valores son vinculantes para efectos tributarios? → Sí, son los únicos valores oficiales aplicables para cálculos tributarios y contractuales. **Lo que debes tener claro:** - **Publicación mensual anticipada:** el SII emite estas circulares regularmente antes del inicio del período correspondiente, permitiendo que los contribuyentes planifiquen operaciones con certeza del valor aplicable. - **Obligatoriedad para registro contable:** las empresas deben usar estos valores exactos para registrar operaciones en UF, reconocer ingresos, gastos, activos y pasivos reajustables en sus estados financieros y declaraciones tributarias. - **Diferencia con publicación Banco Central:** aunque el Banco Central calcula la UF diariamente, esta circular del SII constituye la fuente oficial para efectos tributarios específicos bajo su competencia. - **Riesgo de uso de valores incorrectos:** utilizar valores UF distintos a los oficiales en declaraciones de impuestos o contratos sujetos a fiscalización puede generar diferencias, multas por declaraciones inexactas o ajustes en auditorías del SII. **Ejemplo práctico:** Una empresa de leasing otorga un contrato de arriendo con opción de compra por 3.000 UF el 15 de noviembre de 2022. Para registrar contablemente la operación y calcular el IVA correspondiente ese día, debe usar el valor UF oficial publicado en la Circular 51 para el 15 de noviembre. Si la circular establece 34.567,89 pesos por UF ese día, el valor del contrato será 103.703.670 pesos. Al cierre del mes, si debe reajustar el saldo pendiente al 30 de noviembre, usará el valor UF de ese día según la misma circular, asegurando que sus registros tributarios coincidan con los valores que el SII reconoce como válidos.
Resumen oficial SII
Operaciones de crédito de dinero. Valor de la Unidad de Fomento para los días comprendidos entre el 10 de noviembre de 2022 y el 9 de diciembre de 2022, ambos inclusive.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2022/circu51.pdf