Materia del circular
Circular N° 56 del 14 de Diciembre del 2022
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Circular N° 56 de 2022 establece la tabla de cálculo de reajustes, intereses penales y multas aplicables a partir de enero 2023, que todos los contribuyentes y el SII deben usar obligatoriamente en procesos de fiscalización, declaraciones rectificatorias y pagos fuera de plazo. **¿A quién le importa esto?** Todos los contribuyentes que deban calcular reajustes por pagos atrasados, intereses penales por incumplimientos tributarios o multas aplicables a infracciones, así como contadores y asesores que preparen declaraciones rectificatorias o negocien convenios de pago. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué establece esta circular para enero 2023? → La tabla oficial de tasas de reajuste, interés penal y multas que deben aplicarse obligatoriamente. - ¿Quiénes deben usar esta tabla de cálculo? → Todos los contribuyentes al calcular pagos atrasados y el SII en procesos de fiscalización y cobranza. - ¿Qué pasa si uso tasas diferentes a las publicadas? → El cálculo será rechazado por el SII y deberá rehacerse con las tasas oficiales vigentes. - ¿Con qué periodicidad se actualiza esta tabla? → Mensualmente, mediante circular de la Subdirección de Fiscalización publicada antes del mes aplicable. **Lo que debes tener claro:** - **Obligatoriedad para contribuyentes y SII:** las tasas publicadas son vinculantes para ambas partes, eliminando discrecionalidad en el cálculo de montos adeudados o a devolver. - **Aplica a tres componentes simultáneos:** reajustes por inflación, intereses penales por mora y multas por infracciones, cada uno con su tasa específica mensual. - **Crítico en declaraciones rectificatorias:** al corregir impuestos de períodos anteriores, usar tasas desactualizadas invalida el cálculo y puede generar diferencias que activen fiscalización. - **Riesgo en convenios de pago:** si un contribuyente negocia un convenio con el SII usando tasas incorrectas, el monto final será recalculado y puede quedar en mora nuevamente por la diferencia. **Ejemplo práctico:** Un contribuyente debe rectificar su declaración de IVA de octubre 2022, pagando 5.000.000 de pesos adicionales en febrero 2023. Debe aplicar: reajuste según IPC octubre-enero, más interés penal de 1,5% mensual por tres meses de atraso (noviembre, diciembre, enero), calculados con la tabla de enero 2023. Si usa tasas antiguas o estimadas, el SII rechazará el pago y aplicará nueva multa por presentación incorrecta.
Resumen oficial SII
Tabla de cálculos de reajustes, intereses y multas enero 2023.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2022/circu56.pdf