Oficio N° 1367 · RENTA · 22/04/2022

Créditos SAC se liberan solo al pagar el impuesto único de término de giro

Materia del oficio

Renta – Actual Ley sobre Impuesto a la – Art. 14 letra A), art. 38 bis, art. 56 N° 3 y art. 63

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** Los créditos acumulados en el registro SAC no pueden utilizarse para imputar contra otros impuestos ni retirarse mientras existan retiros, remesas o distribuciones pendientes de tributación que deban gravarse con el impuesto único del artículo 38 bis en el término de giro. **¿A quién le importa esto?** Sociedades y empresas individuales que inician un proceso de término de giro y mantienen saldos en el registro SAC (Saldo Acumulado de Créditos), particularmente aquellas con retiros históricos no tributados que deben regularizarse mediante el impuesto único del 35%. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Puede una empresa usar sus créditos SAC durante el término de giro? → No, mientras existan retiros pendientes de tributación conforme al art. 38 bis. - ¿Cuándo se liberan los créditos SAC en un término de giro? → Solo después de pagar el impuesto único del 35% sobre todos los retiros acumulados. - ¿Qué impuesto grava los retiros pendientes al término de giro? → El impuesto único de 35% del artículo 38 bis sobre retiros históricos no tributados. - ¿Los créditos SAC pueden devolverse antes del término de giro? → No, quedan retenidos hasta cumplir la obligación tributaria del art. 38 bis. **Lo que debes tener claro:** - **Orden de prelación estricto:** el artículo 38 bis exige tributar primero todos los retiros acumulados pendientes antes de liberar cualquier crédito disponible en el registro SAC. - **Los créditos quedan congelados durante el proceso:** aunque la empresa tenga saldo positivo en SAC, no puede imputarlo contra impuestos corporativos ni solicitar devolución mientras no pague el impuesto único del término de giro. - **Aplica a retiros históricos no tributados:** este criterio afecta especialmente a empresas que acumularon retiros en ejercicios anteriores sin pagar IGC o IA, quedando pendientes de regularización al cerrar operaciones. - **Riesgo de planificación tardía:** contribuyentes que esperan recuperar créditos SAC al terminar giro pueden enfrentar una carga tributaria inesperada del 35% sobre retiros antiguos, reduciendo la liquidez disponible para cubrir pasivos de cierre. **Ejemplo práctico:** Una sociedad de responsabilidad limitada inicia su término de giro en abril de 2022 con un saldo SAC de 8.500.000 pesos en créditos acumulados. Sin embargo, mantiene retiros históricos no tributados por 45.000.000 de pesos que deben gravarse con el impuesto único del 35% (15.750.000 pesos). La empresa no puede usar ni recuperar los 8.500.000 del SAC hasta pagar los 15.750.000 del impuesto único: los créditos quedan retenidos hasta regularizar completamente la situación de los retiros pendientes, independiente de que técnicamente tenga derecho a esos créditos.

Resumen oficial SII

Utilización de créditos del registro SAC en el contexto de un término de giro.

Fuente oficial: https://www4.sii.cl/gabineteAdmInternet/descargaArchivo?acc=download&id=b73a2a8e-5cf3-4f51-9f7b-1860d78da8d3&nombreDocumento=1367-22_04_2022.pdf&extension=pdf&mediaType=application%2Fpdf