Materia del oficio
Renta – Actual Ley sobre Impuesto a la – Art. 42 – Decreto Ley N° 889 de 1975, Art. 13 – Decreto Ley N° 249 de 1974 – Ley N° 19.354.
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La rebaja tributaria del artículo 13 del DL 889/1975 por asignación de zona se calcula únicamente sobre el sueldo o salario base del trabajador, excluyendo todo tipo de bonificaciones, asignaciones adicionales y otros complementos remuneracionales. **¿A quién le importa esto?** Empleadores y trabajadores dependientes de zonas extremas del país que reciben asignación de zona conforme al DL 889/1975 y necesitan determinar correctamente la base de cálculo para la rebaja tributaria del artículo 42 bis de la LIR. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Sobre qué monto se calcula la rebaja por asignación de zona? → Solo sobre el sueldo o salario base, excluyendo bonos y asignaciones adicionales. - ¿Se incluyen bonificaciones o asignaciones especiales en la base de cálculo? → No, quedan expresamente excluidas todas las bonificaciones y asignaciones adicionales. - ¿Qué normativa establece esta limitación? → El artículo 13 del DL 889/1975 en concordancia con el artículo 42 bis de la LIR. - ¿Pueden sumarse otros conceptos remuneracionales a la base? → No, la base está restringida expresamente al sueldo base sin adiciones. **Lo que debes tener claro:** - **Interpretación restrictiva del concepto sueldo base:** el SII establece que solo el componente básico de la remuneración sirve como base de cálculo, sin importar cuántas otras asignaciones reciba el trabajador en zonas extremas. - **Exclusión de toda asignación adicional:** quedan fuera bonos de producción, asignaciones de responsabilidad, compensaciones extraordinarias y cualquier otro complemento que no sea el sueldo base contractual. - **Impacto en liquidaciones de remuneraciones:** los empleadores deben segregar claramente el sueldo base de otros conceptos para aplicar correctamente la rebaja, evitando contingencias por cálculo erróneo que el SII puede fiscalizar. - **Diferencia con el cálculo de la asignación misma:** mientras la asignación de zona puede calcularse sobre remuneraciones más amplias según normativa laboral, la rebaja tributaria opera solo sobre sueldo base, generando dos bases distintas. **Ejemplo práctico:** Un trabajador en Punta Arenas tiene un sueldo base de 800.000 pesos, más una asignación de movilización de 150.000 pesos y un bono de desempeño de 200.000 pesos. Aunque su remuneración total es 1.150.000 pesos y la asignación de zona laboral puede calcularse sobre cifras mayores, la rebaja tributaria del artículo 13 del DL 889/1975 se aplica exclusivamente sobre los 800.000 pesos de sueldo base , sin considerar los otros 350.000 pesos en bonificaciones adicionales. Si aplicara erróneamente la rebaja sobre el total, generaría un beneficio tributario indebido fiscalizable por el SII.
Resumen oficial SII
Cálculo de rebaja por concepto de asignación de zona establecida en el artículo 13 del Decreto Ley N° 889 de 1975.