Oficio N° 1641 · IVA · 18/05/2022

Plataformas de intermediación hotelera pagan IVA solo si cobran comisión o marcan precios

Materia del oficio

Ventas y Servicios – Nuevo Texto – Art.2 N°2, Art.8 letra N, Art.55 – Ley de Impuesto a la Renta – Art.20 N°4

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** Las plataformas chilenas de intermediación hotelera están afectas a IVA solo cuando cobran una comisión al prestador del servicio de alojamiento o cuando marcan el precio de venta al cliente final, determinando así una diferencia entre lo cobrado y lo pagado al hotel. **¿A quién le importa esto?** Plataformas digitales chilenas de intermediación hotelera, empresas de tecnología que conectan prestadores de alojamiento con clientes finales mediante sistemas de reservas en línea, y contribuyentes que operan modelos de marketplace turístico con o sin fijación de precios. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Cuándo una plataforma de intermediación hotelera debe pagar IVA? → Cuando cobra comisión al prestador de alojamiento o marca el precio final y obtiene un diferencial. - ¿Qué pasa si la plataforma solo conecta cliente y hotel sin cobrar ni marcar precio? → No está afecta a IVA por no configurarse servicio remunerado gravado. - ¿Cómo se determina la base imponible del IVA en estos casos? → Es el monto de la comisión cobrada al hotel, o la diferencia entre precio marcado y lo pagado al prestador. - ¿Este criterio aplica solo a plataformas hoteleras o también a otros intermediarios? → El principio de remuneración efectiva aplica a cualquier intermediario digital de servicios. **Lo que debes tener claro:** - **El cobro de comisión o marcación de precio es determinante:** sin remuneración efectiva (comisión o diferencial), la plataforma no presta un servicio gravado con IVA aunque facilite la conexión entre partes. - **Distinción entre modelo de marketplace puro y modelo de agencia:** si la plataforma solo publica ofertas sin intervenir en el precio ni cobrar al hotel, no tributa IVA; si marca precios o cobra comisión, sí está afecta. - **Base imponible limitada al ingreso real de la plataforma:** el IVA no se aplica sobre el monto total pagado por el cliente, sino únicamente sobre la comisión o diferencial que retiene el intermediario. - **Riesgo de error en facturación:** plataformas que solo conectan partes pueden emitir factura afecta a IVA innecesariamente si confunden la facilitación gratuita con intermediación remunerada, generando costos tributarios indebidos. **Ejemplo práctico:** Una plataforma chilena de reservas hoteleras conecta a un cliente con un hotel que cobra 100.000 pesos la noche. Escenario 1: la plataforma cobra al hotel una comisión de 15.000 pesos por la reserva; debe facturar esos 15.000 más IVA (2.850 pesos). Escenario 2: la plataforma muestra al cliente un precio de 110.000 pesos, paga 100.000 al hotel y retiene 10.000; debe tributar IVA sobre esos 10.000 pesos (1.900 pesos). Escenario 3: la plataforma solo publica la oferta del hotel sin cobrar comisión ni marcar precio; no está afecta a IVA porque no percibe remuneración por intermediación.

Resumen oficial SII

Tributación de plataforma chilena que se dedica a la intermediación hotelera.

Fuente oficial: https://www4.sii.cl/gabineteAdmInternet/descargaArchivo?acc=download&id=859fb605-5bfc-4a1b-b193-0582c0015660&nombreDocumento=1641-18_05_2022.pdf&extension=pdf&mediaType=application%2Fpdf