Oficio N° 184 · RENTA · 19/01/2022

Empresas Pro Pyme pueden aplicar artículo 41 G sin límite de ventas

Materia del oficio

Renta – Ley sobre Impuesto a la – Art. 12, art. 14 letra D) N° 3 y N° 8 y art. 41 G

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** Las empresas acogidas a los regímenes Pro Pyme (general o transparente) del artículo 14 letra D) pueden aplicar el beneficio de rebaja de base imponible del artículo 41 G de la LIR sin quedar sujetas al límite de 100.000 UF en ingresos brutos anuales que sí afecta a empresas en renta atribuida. **¿A quién le importa esto?** Empresas acogidas a los regímenes Pro Pyme general (14 D) N° 3) o Pro Pyme transparente (14 D) N° 8) que evalúan aplicar el beneficio del artículo 41 G para rebajar su base imponible por reinversión de utilidades, especialmente aquellas con ingresos cercanos o superiores a 100.000 UF anuales. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Pueden las empresas Pro Pyme aplicar el artículo 41 G de la LIR? → Sí, tanto las del régimen general (14 D N° 3) como las del transparente (14 D N° 8). - ¿Qué límite de ventas deben cumplir las Pro Pyme para usar el 41 G? → Ninguno. El límite de 100.000 UF solo aplica a empresas en renta atribuida, no a Pro Pyme. - ¿Qué beneficio otorga el artículo 41 G? → Permite rebajar de la base imponible hasta un 50% de las utilidades reinvertidas en activos fijos. - ¿Aplica este criterio a ambos regímenes Pro Pyme por igual? → Sí, sin distinción entre Pro Pyme general y Pro Pyme transparente. **Lo que debes tener claro:** - **Sin tope de ventas para Pro Pyme:** mientras que empresas en renta atribuida (14 A) deben tener ingresos bajo 100.000 UF para usar el 41 G, las Pro Pyme no enfrentan esta restricción. - **Aplica a ambos regímenes Pro Pyme:** tanto el régimen general del N° 3 como el transparente del N° 8 de la letra D) del artículo 14 pueden acceder al beneficio sin discriminación. - **Diferencia clave con renta atribuida:** este criterio resuelve la confusión sobre si el límite de ventas del 41 G alcanzaba a Pro Pyme o solo a régimen 14 A, confirmando que es exclusivo de este último. - **Ventaja competitiva para pymes en crecimiento:** empresas Pro Pyme que superan las 100.000 UF en ventas mantienen acceso al incentivo de reinversión, favoreciendo su expansión sin perder beneficios tributarios. **Ejemplo práctico:** Una empresa acogida al régimen Pro Pyme general (14 D N° 3) registra ingresos anuales de 125.000 UF y reinvierte utilidades por 80.000.000 de pesos en maquinaria nueva. Puede aplicar el artículo 41 G y rebajar hasta 40.000.000 de su base imponible (50% de la reinversión), sin que el SII rechace el beneficio por superar las 100.000 UF de ventas. En contraste, si la misma empresa estuviera en renta atribuida (14 A), no podría aplicar el 41 G por exceder el tope de ingresos.

Resumen oficial SII

Aplicación del artículo 41 G de la LIR a empresas sujetas a los regímenes Pro Pyme de la letra D) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

Fuente oficial: https://www4.sii.cl/gabineteAdmInternet/descargaArchivo?acc=download&id=e1b25f8b-7c99-478d-97c2-aec7de6d638e&nombreDocumento=184-19_01_2022.pdf&extension=pdf&mediaType=application%2Fpdf