Materia del oficio
Ventas y Servicios – Nuevo Texto – Art. 42 letra b) y c) – Oficios N° 1252 de 1994, N° 261 de 1995 y N° 3033 de 1997.
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** Los productos de vodka saborizados con jugos que no provienen del zumo natural de la fruta no califican como licores preparados exentos del impuesto adicional a las bebidas alcohólicas, debiendo tributar conforme al artículo 42 letra b) del DL 825. **¿A quién le importa esto?** Productores e importadores de bebidas alcohólicas saborizadas, particularmente vodka con aditivos sintéticos o esencias artificiales, que buscan determinar si su producto califica como licor preparado exento del impuesto adicional. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Un vodka saborizado con jugo artificial está exento del impuesto adicional? → No, solo están exentos los licores preparados con jugos provenientes del zumo natural de la fruta. - ¿Qué requisito debe cumplir el jugo para que el licor sea exento? → Debe provenir del zumo natural de la fruta, no de esencias o saborizantes sintéticos. - ¿Qué artículo regula el impuesto adicional a bebidas alcohólicas? → El artículo 42 letras b) y c) del DL 825 sobre IVA. - ¿Qué oficios anteriores respaldan este criterio? → Los Oficios N° 1252 de 1994, N° 261 de 1995 y N° 3033 de 1997. **Lo que debes tener claro:** - **El origen del sabor es determinante:** la exención solo procede cuando el jugo proviene directamente del zumo natural de la fruta, no cuando se usan concentrados sintéticos, esencias o saborizantes artificiales. - **Vodka con sabor artificial tributa como destilado común:** al no cumplir el requisito de jugo natural, el vodka saborizado con aditivos queda afecto al impuesto adicional sin posibilidad de acogerse a la excepción de licores preparados. - **Diferencia con licores tradicionales preparados:** productos como pisco sour o caipiriña preparados con jugos naturales sí pueden calificar para exención, mientras que versiones industriales con saborizantes no. - **Riesgo de clasificación errónea:** importadores y productores pueden asumir incorrectamente que cualquier vodka con sabor frutal califica como licor preparado, generando contingencias tributarias por impuesto no declarado. **Ejemplo práctico:** Una empresa importa vodka premium con sabor a naranja, avaluado en 8.000 pesos por botella. El producto contiene vodka base más esencia sintética de naranja y colorantes. Al no provenir el sabor del zumo natural de naranja, el producto no califica como licor preparado exento: debe pagar tanto el IVA sobre la base imponible más el impuesto adicional del 27% según artículo 42 letra b) . Si la empresa hubiera importado vodka mezclado con jugo recién exprimido de naranja natural, podría eventualmente calificar para exención del impuesto adicional, aunque seguiría afecto a IVA.
Resumen oficial SII
Impuesto adicional a las bebidas alcohólicas a producto que indica.