Oficio N° 3185 · RENTA · 03/11/2022

Socio extranjero no residente debe declarar renta si retira utilidades

Materia del oficio

Renta – Ley sobre Impuesto a la – Art. 60, Art. 65 N° 4, Art. 69

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** Los socios extranjeros sin residencia ni domicilio en Chile que retiran utilidades de sociedades chilenas deben presentar declaración anual de impuesto a la renta, aplicando el artículo 60 inciso primero de la LIR, declarando rentas de fuente chilena. **¿A quién le importa esto?** Socios extranjeros sin residencia ni domicilio en Chile que participan en sociedades chilenas y retiran utilidades o rentas de fuente nacional, así como contadores y asesores que gestionan obligaciones tributarias de estas estructuras societarias. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Debe un socio extranjero no residente presentar declaración de renta en Chile? → Sí, si retira rentas de sociedades chilenas, según artículo 60 inciso primero LIR. - ¿Qué rentas debe declarar el socio extranjero no residente? → Solo las rentas de fuente chilena que retire o se le paguen desde sociedades nacionales. - ¿Aplica esta obligación aunque no tenga domicilio ni residencia en Chile? → Sí, la obligación surge por percibir rentas de fuente chilena, no por residencia. - ¿Qué artículos de la LIR sustentan esta obligación declarativa? → Artículo 60 inciso primero, artículo 65 N°4 y artículo 69 de la LIR. **Lo que debes tener claro:** - **La obligación nace del retiro efectivo, no de la utilidad devengada:** el socio extranjero debe declarar cuando efectivamente retira o percibe utilidades, no por el simple hecho de que la sociedad genere resultados. - **Diferencia con socios residentes:** mientras un residente declara todas sus rentas mundiales, el socio extranjero no residente solo declara rentas de fuente chilena bajo régimen del artículo 60 inciso primero. - **No exime la retención en la fuente:** aunque la sociedad chilena haya retenido impuesto adicional al momento del retiro, el socio extranjero igualmente debe presentar su declaración anual informando estas rentas. - **Riesgo de incumplimiento por desconocimiento:** muchos socios extranjeros asumen que la retención los libera de declarar, generando multas por no presentación cuando el SII fiscaliza retiros informados por las sociedades chilenas. **Ejemplo práctico:** Un inversionista argentino sin residencia en Chile participa como socio en una sociedad chilena limitada. Durante 2022 retira utilidades por 30.000.000 de pesos, sobre las cuales la sociedad le retuvo 35% de impuesto adicional (10.500.000 pesos). A pesar de la retención, el socio argentino debe presentar declaración anual de renta en Chile en abril 2023 , informando los 30.000.000 retirados como renta de fuente chilena según artículo 60 inciso primero, declarando el impuesto retenido como crédito. Si no presenta la declaración, enfrenta multas por incumplimiento independientemente de que el impuesto ya haya sido pagado vía retención.

Resumen oficial SII

Presentación de declaración de impuesto a la renta por parte de socio extranjero.

Fuente oficial: https://www4.sii.cl/gabineteAdmInternet/descargaArchivo?acc=download&id=08702402-2f12-4458-81e5-79c7bb6facdd&nombreDocumento=3185-03_11_2022.pdf&extension=pdf&mediaType=application%2Fpdf