Materia del oficio
Renta – Ley sobre Impuesto a la – Art. 59 – Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, Art. 12 Letra E N° 7
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** Las empresas chilenas que contratan software, soporte y mantenimiento con proveedores extranjeros deben retener el Impuesto Adicional del 35% sobre las remesas, salvo que el proveedor cuente con certificación de la CMF que acredite exención por royalty tecnológico bajo el artículo 59 N° 2 de la LIR. **¿A quién le importa esto?** Empresas chilenas que contratan servicios de software, soporte técnico y mantenimiento con proveedores extranjeros sin domicilio ni residencia en Chile, especialmente cuando no existe certificación CMF que permita aplicar exención tributaria. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué servicios de software extranjero generan retención de Impuesto Adicional? → Licencias de software, soporte técnico y mantenimiento prestados desde el exterior sin certificación CMF de royalty tecnológico. - ¿Cuánto se debe retener por estos servicios? → 35% sobre el monto total de la remesa al exterior, según el artículo 59 inciso 1° de la LIR. - ¿Existe alguna exención a esta retención? → Sí, si el proveedor extranjero tiene certificado CMF vigente que califique el pago como royalty tecnológico exento. - ¿Qué pasa si la empresa chilena no retiene? → Queda solidariamente responsable del impuesto no retenido, más multas e intereses. **Lo que debes tener claro:** - **La retención es obligatoria sin certificación CMF:** aunque el software sea intangible o se entregue por descarga digital, la ausencia del certificado gatilla automáticamente la retención del 35% sobre el pago total. - **Aplica tanto a licencias como a servicios asociados:** no solo el software base, sino también soporte técnico, actualizaciones y mantenimiento quedan afectos si son prestados por el mismo proveedor extranjero sin certificación. - **El certificado CMF debe ser previo al pago:** la empresa chilena solo puede omitir la retención si al momento de la remesa ya cuenta con el certificado válido emitido por la CMF que califique el pago como royalty exento bajo artículo 59 N° 2. - **Riesgo de doble tributación sin planificación:** empresas que no verifican la certificación antes de contratar pueden enfrentar retención del 35% que luego no recuperan si el proveedor no gestiona la exención, encareciendo significativamente el servicio. **Ejemplo práctico:** Una empresa chilena contrata a un proveedor de EE.UU. por USD 100.000 anuales: USD 70.000 por licencia de software ERP, USD 20.000 por soporte técnico y USD 10.000 por mantenimiento. Al no contar el proveedor con certificación CMF vigente, la empresa chilena debe retener USD 35.000 (35% sobre USD 100.000) y enterarlo al SII como Impuesto Adicional. Si el proveedor hubiera gestionado previamente el certificado CMF calificando el pago como royalty tecnológico exento, la empresa no habría retenido nada y habría remesado los USD 100.000 completos.
Resumen oficial SII
Retención del impuesto adicional de la Ley sobre Impuesto a la Renta en el caso de software, soporte y mantenimiento.