Materia del oficio
Ley Sobre Impuesto a Las Herencias, Asignaciones y Donaciones- Art. 50- Código Tributario – Art. 10
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** El plazo de 60 días para declarar el impuesto a las herencias y donaciones se cuenta desde la notificación individual a cada heredero, no desde la publicación del aviso en el Diario Oficial, aplicando el artículo 10 del Código Tributario que regula cómputos de plazos por días. **¿A quién le importa esto?** Herederos, albaceas, ejecutores testamentarios y asesores tributarios que deben cumplir con la declaración del impuesto a las herencias dentro del plazo legal establecido en el artículo 50 de la Ley 16.271. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Desde cuándo se cuenta el plazo de 60 días para declarar herencias? → Desde la notificación individual a cada heredero, no desde la publicación en Diario Oficial. - ¿Qué norma regula el cómputo de este plazo de días? → El artículo 10 del Código Tributario, que establece las reglas generales para plazos por días. - ¿Todos los herederos tienen el mismo plazo de vencimiento? → No, cada heredero tiene su propio plazo según la fecha de su notificación individual. - ¿Qué pasa si el SII no notifica individualmente a un heredero? → El plazo no comienza a correr hasta que se realice la notificación personal correspondiente. **Lo que debes tener claro:** - **La notificación individual es el hito que activa el plazo:** no basta con que el SII publique el aviso en el Diario Oficial; cada heredero debe ser notificado personalmente para que comience su plazo de 60 días. - **Aplicación del artículo 10 del Código Tributario:** este artículo establece que los plazos expresados en días se cuentan desde el día siguiente a la notificación, excluyendo días inhábiles según corresponda. - **Herederos pueden tener plazos distintos:** si las notificaciones individuales ocurren en fechas diferentes, cada heredero tendrá su propio vencimiento, lo que puede generar declaraciones escalonadas de una misma sucesión. - **Riesgo de multas por interpretación errónea:** herederos que cuenten el plazo desde la publicación del aviso en lugar de su notificación personal pueden presentar la declaración fuera de plazo y enfrentar sanciones por declaración extemporánea. **Ejemplo práctico:** Una sucesión con tres herederos: el SII publica el aviso de la sucesión en el Diario Oficial el 15 de enero. El heredero A es notificado personalmente el 20 de enero, el heredero B el 28 de enero y el heredero C el 5 de febrero. El plazo de 60 días del heredero A vence el 21 de marzo, el del heredero B el 29 de marzo y el del heredero C el 6 de abril. Si el heredero A hubiera contado desde el 15 de enero (publicación), habría declarado prematuramente o incurrido en error de plazo.
Resumen oficial SII
Solicita pronunciamiento en relación a la forma de contar el plazo de 60 días contenido en el inciso primero del artículo 50 de la Ley N° 16.271.