Materia del oficio
Renta – Actual Ley sobre Impuesto a la – Art. 34
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** Para determinar si se mantiene dentro del régimen de renta presunta, el contribuyente debe considerar solo los ingresos netos del ejercicio, excluyendo el IVA y cualquier otro impuesto que grave las operaciones, no el monto bruto de las ventas. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes del sector agrícola, transporte y minería acogidos al régimen de renta presunta del artículo 34 de la LIR que deben verificar anualmente si sus ingresos superan el límite legal de permanencia en el régimen. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué monto se considera para calcular el límite de ingresos en renta presunta? → Los ingresos netos anuales, excluyendo IVA y otros impuestos que graven las operaciones. - ¿Se incluye el IVA en el cálculo del tope de ingresos? → No, el IVA debe excluirse del monto total de ventas para determinar los ingresos netos. - ¿Qué otros impuestos deben excluirse además del IVA? → Cualquier impuesto que grave directamente las operaciones de venta debe excluirse del cálculo. - ¿Qué pasa si se calcula mal y se incluye el IVA? → El contribuyente podría creer erróneamente que superó el límite y cambiar de régimen sin necesidad. **Lo que debes tener claro:** - **Ingresos netos versus ingresos brutos:** el límite se calcula sobre la base de ingresos sin impuestos indirectos, no sobre el total facturado al cliente final. - **Aplicable a todos los sectores en presunta:** esta interpretación rige para agricultores, transportistas y mineros acogidos al artículo 34, sin importar la actividad específica. - **Error común que fuerza cambio de régimen:** muchos contribuyentes calculan el límite con IVA incluido, lo que infla artificialmente sus ingresos y puede obligarlos a tributar en renta efectiva sin corresponder. - **Verificación anual obligatoria:** cada año el contribuyente debe recalcular sus ingresos netos del ejercicio anterior para confirmar si permanece bajo el tope legal de permanencia en presunta. **Ejemplo práctico:** Un agricultor en renta presunta factura durante 2021 un total de 95.000.000 de pesos por venta de frutas, monto que incluye 15.000.000 de IVA. Para determinar si supera el límite de ingresos del régimen (actualmente 9.000 UF anuales), debe considerar solo los 80.000.000 de ingresos netos (95.000.000 menos 15.000.000 de IVA). Si el límite equivale a 82.000.000 de pesos, el agricultor permanece en presunta; de haber calculado con IVA incluido, habría creído equivocadamente que superó el tope.
Resumen oficial SII
Cálculo del límite de ingresos netos anuales del régimen de renta presunta.