Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 24 del 28 de Febrero del 2022
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** Red Apoyo SA, RUT 76.948.390-K, fue autorizada mediante Resolución Exenta N°24 para retener el IVA generado en operaciones de terceros y enterarlo directamente al Fisco, actuando como agente retenedor oficial. **¿A quién le importa esto?** Proveedores y prestadores de servicios que facturen a Red Apoyo SA, empresas que buscan ser autorizadas como agentes retenedores de IVA, y contadores que asesoren a contribuyentes en operaciones con retención. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué facultad específica se otorga a Red Apoyo SA? → Retener el IVA en operaciones con terceros y enterarlo directamente al SII en lugar del vendedor o prestador. - ¿Desde cuándo está vigente esta autorización? → Desde el 28 de febrero de 2022, según Resolución Exenta N°24. - ¿Quién paga efectivamente el IVA al Fisco en las operaciones? → Red Apoyo SA lo retiene del pago al proveedor y lo entera directamente, no el vendedor o prestador. - ¿Qué debe hacer un proveedor que facture a Red Apoyo SA? → Emitir factura con IVA incluido, pero recibir el pago neto porque Red Apoyo retiene y entera el impuesto. **Lo que debes tener claro:** - **La retención es obligatoria para quien facture a Red Apoyo SA:** los proveedores no pueden elegir recibir el IVA completo, pues la empresa está legalmente facultada para retenerlo y enterarlo. - **No confundir con débito fiscal del proveedor:** aunque Red Apoyo paga el IVA al SII, el proveedor debe igualmente declarar la venta afecta y registrar el débito fiscal, acreditando la retención en su declaración mensual. - **Aplica solo mientras la autorización esté vigente:** esta facultad no es permanente ni automática; requiere resolución expresa del SII y puede ser revocada si Red Apoyo incumple condiciones. - **Riesgo de doble pago si no se coordina:** si el proveedor paga el IVA retenido nuevamente al SII sin informar la retención, genera un pago duplicado que debe rectificar mediante devolución. **Ejemplo práctico:** Un proveedor de servicios tecnológicos emite una factura a Red Apoyo SA por 10.000.000 de pesos netos más 1.900.000 de IVA, total 11.900.000 pesos. Red Apoyo paga al proveedor solo 10.000.000 pesos, retiene los 1.900.000 de IVA y los entera directamente al SII con su propia declaración. El proveedor debe declarar en su F29 el débito fiscal de 1.900.000 pesos pero acreditar la retención efectuada por Red Apoyo, resultando en cero a pagar por ese concepto. Si el proveedor no informa la retención y paga nuevamente el IVA, habrá pagado 1.900.000 pesos de más y deberá solicitar devolución al SII.
Resumen oficial SII
Autoriza a RED APOYO SA., Rut 76.948.390-K, para retener y enterar en arcas fiscales el impuesto al valor agregado, según se indica.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2022/reso24.pdf