Resolución Exenta N° 30 · OTROS · 25/03/2022

Pagos del Préstamo Tasa Cero se imputan primero a retenciones, luego a PPM

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 30 del 25 de Marzo del 2022

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 30 de 2022 establece el orden obligatorio de imputación de los pagos anticipados, retenciones adicionales y pagos provisionales mensuales adicionales destinados a restituir el Préstamo Tasa Cero: primero se imputan a retenciones adicionales, y solo después a PPM adicionales. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes personas naturales y jurídicas que obtuvieron el Préstamo Tasa Cero (préstamo solidario del Estado) y deben restituirlo mediante pagos anticipados, retenciones adicionales o pagos provisionales mensuales adicionales, particularmente aquellos que utilizan múltiples mecanismos de restitución simultáneamente. **Lo que resolvió el SII:** - ¿En qué orden se imputan los pagos de restitución del Préstamo Tasa Cero? → Primero a retenciones adicionales, luego a pagos provisionales mensuales adicionales, según prelación establecida por el SII. - ¿Qué mecanismos de pago cubre esta resolución? → Pagos anticipados, retenciones adicionales y pagos provisionales mensuales (PPM) adicionales destinados a devolver el préstamo. - ¿Esta imputación es automática o la elige el contribuyente? → Es automática según el orden establecido por el SII, no existe opción de elegir otro orden de imputación. - ¿Aplica a todas las formas de Préstamo Tasa Cero? → Sí, aplica a toda restitución del préstamo solidario del Estado, independiente del monto o modalidad de devolución. **Lo que debes tener claro:** - **Orden de imputación obligatorio y no discrecional:** el contribuyente no puede elegir aplicar primero los PPM adicionales si tiene retenciones adicionales pendientes de imputar, el sistema del SII aplica la prelación automáticamente. - **Afecta la planificación de flujo de caja:** empresas que pagan tanto retenciones como PPM adicionales deben considerar que las retenciones se consumen primero, lo que puede generar saldos de PPM mayores a los proyectados inicialmente. - **Diferencia con imputaciones tributarias normales:** mientras en operaciones regulares el contribuyente puede tener cierta flexibilidad en la aplicación de créditos, en la restitución del Préstamo Tasa Cero el orden está predeterminado por resolución. - **Riesgo de confusión en declaraciones:** contribuyentes que no conocen esta prelación pueden contabilizar incorrectamente sus saldos de PPM o retenciones, generando diferencias con los sistemas del SII al momento de imputar contra impuestos finales. **Ejemplo práctico:** Una empresa debe restituir 5.000.000 de pesos del Préstamo Tasa Cero y durante marzo de 2022 realiza retenciones adicionales por 2.000.000 de pesos y PPM adicionales por 3.000.000 de pesos. Según la Resolución Exenta N° 30, el SII imputa automáticamente primero los 2.000.000 de retenciones adicionales a la deuda del préstamo, y luego los 3.000.000 de PPM adicionales, completando la restitución. Si la empresa esperaba imputar primero los PPM, su planificación de flujo tributario estará desalineada con la aplicación real del SII.

Resumen oficial SII

Imputación de los pagos anticipados, retenciones adicionales y/o pagos provisionales mensuales adicionales por la restitución del préstamo tasa cero (o préstamo solidario del estado).

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2022/reso30.pdf