Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 54 del 13 de Junio del 2022
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 54 habilita una plataforma digital específica del SII y establece el procedimiento formal que deben seguir las micro, pequeñas y medianas empresas para acceder al subsidio temporal del artículo 9° de la Ley 21.456, fijando requisitos de información y plazos de tramitación. **¿A quién le importa esto?** Micro, pequeñas y medianas empresas que califican para el subsidio temporal establecido en el artículo 9° de la Ley 21.456, y sus asesores tributarios responsables de gestionar la solicitud ante el SII mediante la plataforma habilitada. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Dónde se solicita el subsidio de la Ley 21.456? → En la plataforma digital específica habilitada por el SII para este beneficio. - ¿Qué empresas pueden acceder a este subsidio temporal? → Micro, pequeñas y medianas empresas que cumplan los requisitos del artículo 9° de la Ley 21.456. - ¿Qué información deben presentar las empresas solicitantes? → Los requisitos y antecedentes específicos que la Resolución instruye cargar en la plataforma. - ¿Existe un procedimiento distinto al digital para solicitar el subsidio? → No, la Resolución fija exclusivamente el procedimiento por plataforma habilitada del SII. **Lo que debes tener claro:** - **Plataforma exclusiva y obligatoria:** no se aceptan solicitudes por otros medios (correo, presencial, oficina virtual general); solo la plataforma específica habilitada por esta resolución. - **Requisitos formales de información:** las empresas deben tener sus antecedentes tributarios actualizados en el SII antes de iniciar la solicitud, ya que la plataforma validará automáticamente su elegibilidad. - **Subsidio acotado a segmento MIPYME:** quedan excluidas automáticamente empresas que no califiquen como micro, pequeña o mediana según los criterios de ventas anuales y otros parámetros de la Ley 21.456. - **Riesgo de rechazo por información incompleta:** solicitudes con datos desactualizados, inconsistentes o que no cumplan los requisitos de carga pueden ser rechazadas sin posibilidad de corrección posterior dentro del período habilitado. **Ejemplo práctico:** Una pequeña empresa de servicios con ventas anuales de 180.000.000 de pesos quiere acceder al subsidio temporal de la Ley 21.456. Debe ingresar a la plataforma específica habilitada por el SII (no al portal general de trámites), cargar sus antecedentes financieros actualizados, declaraciones de IVA y renta al día, y completar el formulario de solicitud según los campos requeridos por la Resolución 54. Si intenta presentar la solicitud por correo electrónico o en una oficina del SII, será derivada a la plataforma digital y perderá tiempo del período de postulación.
Resumen oficial SII
Habilita plataforma, instruye sobre requisitos y fija procedimiento para Solicitar el subsidio temporal que beneficia a las micro, pequeñas y Medianas empresas establecido en el artículo 9° de la ley n°21.456.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2022/reso54.pdf