Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 57 del 28 de Junio del 2022
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** Esta resolución actualiza las nóminas oficiales de agentes retenedores y contribuyentes sujetos a retención de IVA bajo el régimen de cambio de sujeto establecido en la Resolución Ex. SII N° 42/2018, determinando quiénes deben retener y a quiénes se les debe retener el impuesto. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes que operan bajo el régimen de cambio de sujeto de IVA establecido en Resolución Ex. 42/2018, tanto empresas designadas como agentes retenedores (compradores que deben retener) como proveedores sujetos a retención (vendedores a quienes se les retiene el IVA). **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué actualiza esta Resolución Exenta 57/2022? → Las nóminas oficiales de agentes retenedores y contribuyentes sujetos a retención de IVA bajo cambio de sujeto. - ¿Qué base normativa utiliza para fijar estas nóminas? → La Resolución Ex. SII N° 42 del 30 de abril de 2018 que estableció el régimen de cambio de sujeto para IVA. - ¿Quiénes deben consultar estas nóminas? → Tanto compradores que actúan como retenedores como vendedores sujetos a retención de IVA. - ¿Desde cuándo rige esta actualización de nóminas? → Desde el 28 de junio de 2022, fecha de publicación de la resolución. **Lo que debes tener claro:** - **Actualización periódica obligatoria:** el SII publica periódicamente estas nóminas para mantener actualizado el universo de contribuyentes afectos al cambio de sujeto, por lo que estar en una nómina anterior no garantiza permanencia. - **Verificación bilateral necesaria:** tanto el comprador (potencial retenedor) como el vendedor (potencial retenido) deben verificar su inclusión en las nóminas antes de cada operación para aplicar correctamente el régimen. - **Consecuencias de no retener cuando corresponde:** si un agente retenedor designado oficialmente no retiene IVA a un contribuyente incluido en la nómina de retenidos, asume responsabilidad solidaria por el impuesto no retenido. - **No es automático por rubro:** la inclusión en estas nóminas no depende únicamente de la actividad económica sino de designación expresa del SII, por lo que contribuyentes del mismo sector pueden tener tratamientos diferentes. **Ejemplo práctico:** Una empresa distribuidora mayorista de alimentos verifica en la nómina de agentes retenedores publicada en junio 2022 que está designada oficialmente como retenedor. Al comprar mercadería por 10.000.000 de pesos netos a un proveedor agrícola, debe verificar si ese proveedor aparece en la nómina de contribuyentes sujetos a retención. Si ambos están en sus respectivas nóminas, la distribuidora debe retener el IVA (1.900.000 pesos) y enterarlo directamente al SII , pagando al proveedor solo los 10.000.000 netos. Si el proveedor no aparece en la nómina de retenidos, la operación se factura normalmente con IVA y el proveedor lo declara directamente.
Resumen oficial SII
FIJA NóMINAS DE AGENTES RETENEDORES Y DE CONTRIBUYENTES SUJETOS A RETENCIóN, CONFORME A RESOLUCIóN EX. SII N° 42, DE 30 DE ABRIL DE 2018, QUE DISPUSO EL CAMBIO DE SUJETO PARA EL CUMPLIMIENTO DE IVA.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2022/reso57.pdf