Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 99 del 26 de Octubre del 2022
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 99 aprueba un addendum que amplía el convenio de intercambio de información entre el SII y la Comisión Administradora del Sistema de Créditos para Estudios Superiores, permitiendo al servicio acceder a datos adicionales de deudores y avalistas para fiscalización tributaria. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes con créditos universitarios CAE (deudores o avalistas), profesionales que declaran gastos educacionales, contadores que asesoran sobre deducciones por educación superior, y empresas cuyos trabajadores acceden a beneficios tributarios relacionados con estudios. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué información adicional comparte ahora la Comisión de Créditos con el SII? → Datos ampliados de deudores, avalistas, montos, estados de pago y otra información relevante para fiscalización tributaria. - ¿Este intercambio es automático o requiere solicitud caso a caso? → Es automático según lo establecido en el convenio y su addendum aprobado. - ¿Afecta la privacidad de los datos de los deudores CAE? → No, el intercambio opera bajo reserva tributaria y facultades legales del SII para fiscalizar. - ¿Desde cuándo rige este intercambio ampliado de información? → Desde el 26 de octubre de 2022, fecha de publicación de la Resolución Exenta N° 99. **Lo que debes tener claro:** - **Fiscalización cruzada de beneficios educacionales:** el SII puede ahora verificar automáticamente si las deducciones o beneficios declarados por concepto de educación superior coinciden con los registros de la Comisión de Créditos. - **Alcance para deudores y avalistas:** no solo los titulares de créditos CAE están expuestos a esta fiscalización, sino también quienes actuaron como avalistas y podrían declarar gastos relacionados. - **Riesgo de inconsistencias en declaraciones:** contribuyentes que declaran gastos en educación sin haber pagado efectivamente las cuotas CAE enfrentan mayor probabilidad de detección y regularización. - **Base legal del intercambio:** opera bajo las facultades de fiscalización del artículo 60 del Código Tributario y normas de reserva del artículo 35, sin requerir autorización individual del contribuyente. **Ejemplo práctico:** Un profesional declara en su renta anual 2023 gastos por 2.400.000 pesos en educación superior de su hijo, acogido al crédito CAE. Sin embargo, según los registros de la Comisión de Créditos compartidos automáticamente con el SII, solo pagó 1.800.000 pesos durante el año tributario, manteniéndose moroso en 3 cuotas. El SII detecta la inconsistencia mediante el cruce automático y notifica un reparo por rebaja indebida de 600.000 pesos, más intereses y eventual multa por declaración inexacta.
Resumen oficial SII
Aprueba Addendum al Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre el la Comisión Administradora del Sistema de Créditos para Estudios Superiores y el Servicio de Impuestos Internos.
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de Gestión Estratégica y Estudios Tributarios.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2022/reso99.pdf