Circular N° 26 · RENTA · 09/06/2023

Tablas impuesto único segunda categoría julio 2023

Materia del circular

Circular N° 26 del 09 de Junio del 2023

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Circular N° 26 establece las tablas actualizadas de impuesto único de segunda categoría aplicables desde julio 2023, determinando los tramos de renta y tasas de retención que deben aplicar los empleadores y pagadores de pensiones sobre sueldos y rentas mensuales. **¿A quién le importa esto?** Empleadores que pagan remuneraciones, departamentos de recursos humanos, pagadores de pensiones, asesores de nómina, trabajadores dependientes y pensionados con rentas mensuales sujetas a retención de impuesto único de segunda categoría. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Desde cuándo rigen las nuevas tablas de retención? → Desde el mes de julio de 2023 para todas las rentas del trabajo y pensiones pagadas desde esa fecha. - ¿Quiénes deben aplicar estas tablas de retención? → Todos los empleadores, pagadores de pensiones y quienes paguen rentas clasificadas en segunda categoría sujetas a impuesto único. - ¿Qué determina el monto a retener mensualmente? → El tramo de renta mensual imponible en que se ubique el trabajador o pensionado según las tablas vigentes. - ¿Las retenciones de junio 2023 cambian retroactivamente? → No, las tablas anteriores siguen aplicándose para rentas pagadas hasta junio 2023 inclusive. **Lo que debes tener claro:** - **Actualización obligatoria de sistemas de nómina:** los empleadores deben configurar sus plataformas de remuneraciones con las nuevas tablas antes del primer pago de julio, evitando retenciones incorrectas que generen diferencias en abril del año siguiente. - **Sin efecto retroactivo:** la Circular rige exclusivamente para rentas pagadas desde julio 2023 en adelante; las retenciones de enero a junio mantienen las tablas previas y no requieren ajuste. - **Diferencia entre impuesto único y global complementario:** estas tablas solo aplican a trabajadores dependientes y pensionados; quienes tienen otras rentas deben considerar que en abril tributarán por renta global complementario con tablas anuales. - **Riesgo de retención insuficiente en rentas variables:** trabajadores con bonos o comisiones fluctuantes pueden terminar con retenciones mensuales menores a su impuesto anual real, generando diferencias a pagar en la operación renta. **Ejemplo práctico:** Un trabajador dependiente recibe un sueldo bruto mensual de 2.500.000 de pesos en agosto 2023. Su empleador debe aplicar la tabla de impuesto único vigente desde julio 2023 para determinar la retención mensual obligatoria, considerando el tramo correspondiente a esa renta. Si el empleador aplicara por error la tabla de junio, la retención sería incorrecta y el trabajador enfrentaría una diferencia a pagar o devolución inesperada en su declaración anual de abril 2024, además de posibles multas para la empresa por retención indebida.

Resumen oficial SII

Tablas de impuesto único de segunda categoría para el mes de julio de 2023 e información adicional relacionada con dicho tributo.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2023/circu26.pdf