Circular N° 4 · OTROS · 11/01/2023

Factores de reajuste e interés febrero 2023

Materia del circular

Circular N° 4 del 11 de Enero del 2023

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Circular N° 4 de 2023 establece la tabla oficial de factores de reajuste, tasas de interés moratorio y bases de cálculo de multas que deben aplicarse obligatoriamente a partir de febrero 2023 para cualquier liquidación, rectificatoria o pago fuera de plazo. **¿A quién le importa esto?** Todos los contribuyentes que deban calcular reajustes por pagos atrasados, rectificar declaraciones anteriores o determinar intereses penales y multas tributarias, así como contadores, asesores fiscales y departamentos de cumplimiento que liquidan obligaciones tributarias. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Desde cuándo rigen los factores de esta tabla? → Desde febrero 2023 en adelante, para cualquier cálculo de reajustes, intereses o multas. - ¿Qué tipo de cálculos cubre esta circular? → Reajustes por IPC, intereses moratorios, multas por declaraciones fuera de plazo y bases de cálculo tributarias. - ¿Es obligatorio usar estos factores? → Sí, son los únicos factores oficiales válidos para liquidaciones y declaraciones ante el SII. - ¿Qué pasa si uso factores desactualizados o propios? → La declaración será incorrecta, el SII puede reliquidar y aplicar diferencias con intereses y multas adicionales. **Lo que debes tener claro:** - **Actualización mensual obligatoria:** cada mes el SII publica nuevos factores, por lo que sistemas contables y planillas deben actualizarse regularmente para evitar errores de cálculo. - **Aplica retroactivamente a deudas anteriores:** si pagas en febrero 2023 una deuda de meses o años anteriores, debes aplicar los factores acumulados desde la fecha original de vencimiento hasta febrero 2023. - **Diferencia entre reajuste e interés:** el reajuste compensa la inflación (IPC), mientras que el interés moratorio es una sanción adicional por pago fuera de plazo; ambos se calculan con factores distintos de esta tabla. - **Riesgo en declaraciones rectificatorias:** si rectificas una declaración antigua, debes recalcular reajustes e intereses con los factores vigentes al momento del pago efectivo, no al momento de la declaración original. **Ejemplo práctico:** Una empresa debe pagar IVA de diciembre 2022 que venció el 12 de enero 2023, pero lo paga recién el 15 de febrero 2023. Debe aplicar el factor de reajuste correspondiente a 1 mes de atraso (desde enero a febrero) según la tabla oficial, más la tasa de interés moratorio mensual del 1,0% sobre el monto reajustado. Si el IVA original era 1.000.000 de pesos y el factor de reajuste de enero-febrero 2023 es 1,008, el monto reajustado es 1.008.000 pesos, y el interés moratorio es 10.080 pesos adicionales, totalizando 1.018.080 pesos a pagar.

Resumen oficial SII

Tabla de cálculos de reajustes, intereses y multas febrero 2023.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2023/circu4.pdf