Materia del circular
Circular N° 52 del 12 de Diciembre del 2023
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Circular N° 52 instruye la aplicación de las tablas de impuesto único de segunda categoría actualizadas para enero de 2024, que deben usarse obligatoriamente en las retenciones mensuales sobre remuneraciones y pensiones desde ese mes. **¿A quién le importa esto?** Empleadores, entidades pagadoras de pensiones, departamentos de remuneraciones, contadores a cargo de cálculos de retenciones mensuales de impuesto único de segunda categoría, y trabajadores dependientes que verifican sus liquidaciones. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Desde cuándo se aplican las nuevas tablas de retención? → Obligatoriamente desde enero de 2024 para todas las remuneraciones y pensiones pagadas ese mes. - ¿Qué empleadores deben usar estas tablas? → Todos los que paguen remuneraciones afectas a impuesto único de segunda categoría, sin excepciones. - ¿Las tablas anteriores siguen vigentes para enero 2024? → No, quedan sin efecto y deben reemplazarse por las publicadas en esta Circular. - ¿Qué pasa si un empleador usa tablas antiguas en enero? → Retendrá incorrectamente, exponiéndose a diferencias en fiscalización y posibles multas por error en retenciones. **Lo que debes tener claro:** - **Obligatoriedad inmediata sin período de gracia:** las tablas rigen desde el primer día de enero 2024, sin transición ni posibilidad de aplicar las anteriores ese mes. - **Incluye información adicional complementaria:** además de las tablas numéricas, la Circular entrega precisiones sobre su aplicación práctica y casos especiales de retención. - **Afecta tanto sueldos como pensiones:** las entidades pagadoras de jubilaciones, montepíos y pensiones de vejez también deben actualizar sus sistemas de retención. - **Riesgo de contingencias laborales:** errores en la aplicación pueden generar reclamos de trabajadores por retenciones excesivas o insuficientes, con impacto en su declaración anual de renta. **Ejemplo práctico:** Una empresa paga en enero de 2024 una remuneración bruta de 1.800.000 pesos a un trabajador soltero sin cargas. Debe aplicar obligatoriamente la tabla publicada en la Circular N° 52 para calcular la retención mensual correspondiente a ese tramo de renta. Si por error usa la tabla de diciembre 2023, la retención será incorrecta: el SII puede fiscalizar y exigir la diferencia más intereses, mientras el trabajador enfrentará una declaración de renta con retenciones mal informadas.
Resumen oficial SII
Tablas de impuesto único de segunda categoría para el mes de enero de 2024 e información adicional relacionada con dicho tributo.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2023/circu52.pdf