Materia del oficio
Renta – Ley sobre Impuesto a la – Art. 42 N° 2 – Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios – Art. 2 N° 2 y Art. 12 Letra E N° 8 – Circular N° 50 de 2022
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** Una sociedad solo califica como sociedad de profesionales si los servicios se prestan directamente por los socios que la integran, no bastando con que estos tengan el título profesional si quienes ejecutan el servicio son terceros empleados o contratados. **¿A quién le importa esto?** Sociedades de profesionales que prestan servicios de asesoría, consultoría o servicios técnicos especializados, especialmente aquellas que contratan empleados o terceros para ejecutar los servicios facturados bajo el nombre de la sociedad. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Cuál es el requisito esencial para calificar como sociedad de profesionales? → Que el servicio sea prestado directamente por los socios que integran la sociedad, no por terceros. - ¿Basta que los socios tengan título profesional para la calificación? → No, además de tener el título, los socios deben ser quienes efectivamente ejecutan el servicio profesional. - ¿Qué pasa si la sociedad contrata empleados para prestar los servicios? → Pierde la calificación de sociedad de profesionales para efectos tributarios. - ¿Qué normativa regula esta calificación? → Artículo 42 N°2 LIR, artículo 2 N°2 y 12 letra E N°8 LIVS, y Circular N°50 de 2022. **Lo que debes tener claro:** - **La ejecución personal del servicio es determinante:** no es suficiente que los socios supervisen o coordinen; deben ser ellos quienes materialmente prestan el servicio profesional al cliente. - **Impacto en IVA y retenciones:** las sociedades de profesionales están exentas de IVA según artículo 12 letra E N°8 LIVS, pero pierden este beneficio si no cumplen el requisito de prestación directa. - **Diferencia con sociedades de servicios comunes:** una sociedad que factura servicios profesionales pero los ejecuta mediante empleados califica como prestadora de servicios gravados, sin los beneficios tributarios de sociedades de profesionales. - **Circular 50/2022 refuerza el criterio:** esta instrucción administrativa precisa que la calificación no es automática por el objeto social o los títulos de los socios, sino por la forma efectiva de prestación del servicio. **Ejemplo práctico:** Una sociedad de ingenieros está conformada por tres socios ingenieros civiles que facturan $80.000.000 anuales en servicios de inspección técnica de obras. Si los socios personalmente realizan las inspecciones y emiten los informes, califican como sociedad de profesionales exenta de IVA. Pero si contratan a cinco ingenieros empleados para realizar las inspecciones mientras los socios solo administran y firman informes, pierden la calificación: deben facturar con IVA y tributar como prestadora de servicios común.
Resumen oficial SII
Calificación como sociedad de profesionales.