Materia del oficio
Ventas y Servicios – Ley sobre Impuesto a las – Art. 54, Art. 59 - Resolución Ex. N° 61 del 2017.
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La factura electrónica debe emitirse en la fecha real del despacho o retiro de las mercaderías por el cliente, independiente de cuándo se hizo el pedido o se recibió el pago, siendo este momento el que determina el devengamiento del IVA y la obligación de facturar. **¿A quién le importa esto?** Empresas que venden con despacho diferido, tiendas con retiro en bodega, distribuidoras mayoristas, plataformas de e-commerce y cualquier negocio donde existe un lapso entre el pedido, el pago y la entrega física de mercaderías. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Cuándo debe emitirse la factura electrónica en ventas con despacho posterior? → En la fecha del despacho efectivo o retiro de las mercaderías por el cliente, no en la fecha del pedido ni del pago. - ¿Qué determina el momento de devengamiento del IVA en estas operaciones? → La entrega real de las especies, que es cuando se perfecciona la transferencia de dominio para efectos tributarios. - ¿Se puede emitir la factura antes del despacho si ya se recibió el pago? → No, la emisión anticipada no se ajusta al devengamiento legal del impuesto que ocurre con la entrega física. - ¿Qué libro debe registrar las operaciones hasta que se emita la factura? → El Libro de Compras y Ventas no se afecta hasta la emisión de la factura en la fecha del despacho. **Lo que debes tener claro:** - **La entrega física es el hecho gravado:** el IVA se devenga cuando las mercaderías salen del vendedor hacia el comprador, no cuando se paga ni cuando se hace el pedido, conforme al artículo 9 del D.L. 825. - **Emisión anticipada genera inconsistencias:** facturar antes del despacho descalza la fecha de emisión con el devengamiento real del impuesto, pudiendo generar observaciones del SII en fiscalizaciones de IVA. - **Sistemas automatizados deben parametrizarse correctamente:** plataformas de e-commerce o ERP que emiten facturas al confirmar el pago deben ajustarse para postergar la emisión hasta el evento de despacho registrado en bodega. - **Riesgo en periodos de alta demanda:** en temporadas donde hay días de diferencia entre venta y despacho (Black Friday, Navidad), la incorrecta asignación de fechas puede alterar la declaración mensual de IVA y generar diferencias con el flujo de caja. **Ejemplo práctico:** Una tienda online recibe el 28 de agosto un pedido pagado de 1.190.000 pesos (IVA incluido) por electrodomésticos. El sistema procesa el pago ese día, pero la bodega despacha recién el 2 de septiembre. La factura electrónica debe emitirse con fecha 2 de septiembre, declarando el IVA de 190.000 pesos en el periodo de septiembre, no de agosto. Si la empresa emitió la factura el 28 de agosto, declararía el IVA en agosto cuando legalmente se devenga en septiembre, generando un descalce temporal que el SII puede observar en cruces de información con el Libro de Compras y Ventas.
Resumen oficial SII
Consultas relativas a los libros y facturas electrónicas.