Oficio N° 888 · IVA · 21/03/2023

Obras fuera de ZF no gozan beneficios tributarios

Materia del oficio

Ventas y Servicios – Ley sobre Impuesto a las – Art. 8 Letra E, Art. 52 y SS. – Decreto con Fuerza de Ley N° 341 de 1977 – Circular N° 44 de 2001.

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** Las construcciones realizadas fuera del perímetro de la zona franca, aunque sean para usuarios de ZF, deben facturarse según el régimen tributario general y no pueden acogerse a los beneficios del artículo 23 del DFL N° 341 de 1977. **¿A quién le importa esto?** Empresas constructoras y contratistas que prestan servicios a usuarios de zonas francas, así como usuarios ZF que contratan obras o servicios ejecutados fuera del perímetro franco. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Una construcción fuera de zona franca puede facturarse con beneficios ZF? → No, debe facturarse bajo régimen común, sin los beneficios del DFL N° 341. - ¿Qué determina si aplica el régimen de zona franca? → El lugar físico de ejecución de la obra: debe estar dentro del perímetro ZF. - ¿Qué normativa regula esta situación? → Artículo 23 del DFL N° 341 de 1977 y Circular N° 44 de 2001 del SII. - ¿Afecta que el cliente sea un usuario de zona franca? → No, lo relevante es dónde se ejecuta materialmente la construcción. **Lo que debes tener claro:** - **El criterio es territorial, no subjetivo:** no importa quién contrata ni quién factura; lo determinante es si la obra se ejecuta física y materialmente dentro del perímetro de la zona franca. - **Beneficios ZF solo aplican dentro del perímetro:** las exenciones y tratamientos especiales del artículo 23 del DFL N° 341 requieren que la prestación ocurra íntegramente en zona franca. - **Riesgo de facturación incorrecta:** emitir facturas bajo régimen ZF para obras fuera del perímetro constituye una infracción tributaria que puede generar diferencias de IVA y multas. - **Distinción con suministros a ZF:** mientras que bienes destinados a zona franca pueden tener tratamiento especial si ingresan al perímetro, los servicios se rigen por su lugar de ejecución efectiva. **Ejemplo práctico:** Una empresa constructora ubicada en Iquique celebra un contrato con un usuario de la Zona Franca de Iquique (ZOFRI) por 80.000.000 de pesos para ampliar sus oficinas administrativas. Sin embargo, las oficinas están ubicadas fuera del perímetro de ZOFRI, en el área urbana regular de Iquique. Aunque el cliente sea usuario ZF, la constructora debe emitir factura afecta a IVA por 95.200.000 pesos (80M más 19% IVA) bajo régimen común, sin poder aplicar los beneficios del artículo 23 del DFL N° 341. Si la misma obra se ejecutara dentro del perímetro ZOFRI, podría acogerse al tratamiento especial de zona franca.

Resumen oficial SII

Facturación de construcción fuera de Zona Franca.

Fuente oficial: https://www4.sii.cl/gabineteAdmInternet/descargaArchivo?acc=download&id=32c88a70-6736-4d0c-891c-434f9a1c8b22&nombreDocumento=888-21_03_2023.pdf&extension=pdf&mediaType=application%2Fpdf