Resolución Exenta N° 04 · OTROS · 16/01/2023

Valores oficiales de vehículos para AT 2023

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 04 del 16 de Enero del 2023

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 04 de 2023 establece la lista oficial de valores de vehículos motorizados que los contribuyentes deben utilizar para efectos de declaraciones de impuestos, tasaciones fiscales y determinación de base imponible durante el año tributario. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes personas naturales y jurídicas propietarias de vehículos motorizados, empresas de transporte, arrendadoras de vehículos, concesionarias automotrices, tasadores fiscales, notarios y profesionales que requieren valorizar vehículos para declaraciones de renta, impuesto territorial o transacciones sujetas a fiscalización. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué determina esta resolución exenta del SII? → Fija la lista oficial de valores de vehículos motorizados vigentes para el año tributario 2023. - ¿Quiénes deben usar estos valores oficiales? → Todos los contribuyentes que declaren, tasen o calculen tributos relacionados con vehículos motorizados. - ¿Para qué efectos tributarios aplican estos valores? → Declaraciones de renta, determinación de base imponible, tasaciones fiscales, impuesto a vehículos de lujo y operaciones de compraventa. - ¿Pueden los contribuyentes usar valores distintos a los oficiales? → No, salvo que demuestren con tasación válida que el valor real difiere sustancialmente del fijado por el SII. **Lo que debes tener claro:** - **Obligatoriedad de uso en declaraciones:** los valores fijados son vinculantes para todas las declaraciones de impuestos donde se deba informar o valorizar un vehículo motorizado, incluyendo declaraciones de renta y patrimonio. - **Actualización anual por Subdirección de Avaluaciones:** estos valores se revisan y publican cada año mediante resolución exenta, reflejando depreciación, condiciones de mercado y antigüedad de los vehículos. - **Diferencia entre valor fiscal y valor comercial:** el valor oficial SII puede no coincidir con el precio de mercado; sin embargo, prevalece para efectos tributarios salvo tasación contradictoria debidamente fundada. - **Riesgo de fiscalización por subvaluación:** declarar vehículos a valores inferiores a los oficiales sin respaldo técnico puede derivar en ajustes, diferencias de impuesto, intereses y multas por declaración inexacta. **Ejemplo práctico:** Una empresa de transporte declara en su balance al 31 de diciembre de 2023 una flota de 15 camionetas Toyota Hilux año 2020. Según la Resolución Exenta N° 04, cada unidad tiene un valor fiscal de 18.500.000 pesos. La empresa debe declarar 277.500.000 pesos como valor total de la flota, aunque en el mercado secundario pudiera venderlas a 16.000.000 cada una. Si declara valores inferiores sin tasación técnica que lo justifique, el SII puede objetar la declaración y liquidar diferencias de impuesto sobre el valor oficial, más intereses y multas.

Resumen oficial SII

Fija lista de valores de vehículos motorizados para los fines que señala.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2023/reso4.pdf