Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 111 del 20 de Septiembre del 2023
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 111 instruye que el plazo para presentar los formularios 29 y 50 correspondientes al período tributario afectado se prorroga hasta el 31 de octubre de 2023, en cumplimiento del Decreto Supremo N° 1.131 de 2023 del Ministerio de Hacienda. **¿A quién le importa esto?** Todos los contribuyentes obligados a presentar declaraciones mensuales de IVA (Formulario 29) y de retenciones (Formulario 50), particularmente aquellos afectados por situaciones excepcionales que motivaron la prórroga ministerial durante el período tributario de septiembre de 2023. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Hasta qué fecha se extiende el plazo para presentar el F29 y F50? → Hasta el 31 de octubre de 2023, independiente del vencimiento original. - ¿Qué formularios quedan afectados por esta prórroga? → Los formularios 29 (declaración mensual de IVA) y 50 (declaración de retenciones). - ¿Qué norma habilita esta extensión de plazo? → El Decreto Supremo N° 1.131 de 2023 del Ministerio de Hacienda. - ¿Aplica la prórroga a todos los contribuyentes o solo a algunos? → A todos los obligados a presentar estos formularios en el período afectado. **Lo que debes tener claro:** - **Prórroga universal, no selectiva:** la extensión aplica a todos los contribuyentes obligados a declarar F29 y F50, sin necesidad de solicitud individual ni acreditación de circunstancias particulares. - **Fecha límite definitiva es 31 de octubre:** no existen prórrogas adicionales comunicadas, por lo que declaraciones y pagos deben completarse antes del cierre de ese día. - **Intereses y multas quedan suspendidos hasta la nueva fecha:** las declaraciones presentadas hasta el 31 de octubre no generan recargos por mora ni multas por presentación fuera de plazo. - **Fundamento en decreto de Hacienda:** la prórroga no es discrecional del SII sino que ejecuta una instrucción ministerial derivada de situaciones excepcionales no detalladas en la resolución. **Ejemplo práctico:** Una empresa de servicios debe declarar su IVA de septiembre mediante Formulario 29, con vencimiento original el 12 de octubre de 2023. Gracias a la Resolución N° 111, puede presentar su declaración y pagar el IVA hasta el 31 de octubre sin incurrir en intereses moratorios ni multas. Lo mismo aplica para su Formulario 50 si retiene impuestos a trabajadores: ambas declaraciones quedan cubiertas por la prórroga hasta esa fecha límite.
Resumen oficial SII
Instruye sobre prórroga del plazo para la presentación de los formularios números 29 y 50 hasta 31 de octubre de 2023, conforme al decreto supremo Nº 1.131 de 2023 del Ministerio de Hacienda.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2023/reso111.pdf