Resolución Exenta N° 138 · OTROS · 13/12/2023

Convenio SII-MINVU: datos tributarios en subsidios

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 138 del 13 de Diciembre del 2023

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 138 aprueba un convenio que autoriza al SII a compartir información tributaria con el Ministerio de Vivienda y Urbanismo para mejorar la focalización de políticas públicas habitacionales, bajo estrictas normas de confidencialidad y uso exclusivo para fines públicos. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes postulantes a subsidios habitacionales, inmobiliarias que participan en programas MINVU, profesionales del sector vivienda que asesoran en postulaciones, y entidades que manejan datos sensibles tributarios en el contexto de políticas públicas. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué información puede compartir el SII con el MINVU? → Datos tributarios de contribuyentes necesarios para verificar requisitos de postulación a subsidios y programas habitacionales. - ¿Puede el MINVU usar esta información para otros fines? → No, solo para focalización de políticas de vivienda y verificación de beneficiarios bajo normas de confidencialidad. - ¿Este convenio afecta el secreto tributario? → No lo elimina: establece una excepción legal específica con resguardos de confidencialidad y uso restringido. - ¿Desde cuándo está vigente este intercambio de información? → Desde la publicación de la Resolución Exenta N° 138 el 13 de diciembre de 2023. **Lo que debes tener claro:** - **Finalidad exclusivamente pública:** la información compartida solo puede usarse para diseñar, focalizar y verificar subsidios habitacionales, no para fiscalización tributaria ni fines comerciales. - **Resguardo del secreto tributario:** aunque hay intercambio, ambas instituciones mantienen obligaciones de confidencialidad y el MINVU no puede divulgar datos individuales de contribuyentes. - **Impacto en postulantes a subsidios:** el MINVU puede cruzar declaraciones de renta con postulaciones, detectando inconsistencias entre ingresos declarados al SII y los informados para beneficios habitacionales. - **Sin modificación de derechos del contribuyente:** el convenio no crea nuevas obligaciones tributarias ni altera los procedimientos de impugnación o consulta ante el SII, solo optimiza el uso de datos existentes. **Ejemplo práctico:** Una familia postula al subsidio habitacional DS49 declarando ingresos mensuales de $600.000. El MINVU, mediante el convenio con el SII, verifica que las declaraciones anuales de renta del grupo familiar registran ingresos equivalentes a $1.200.000 mensuales. Con esta información, el MINVU puede rechazar la postulación por no cumplir los requisitos socioeconómicos, o solicitar aclaraciones antes de asignar el beneficio. Caso excepcional: si la familia acredita que la diferencia corresponde a ingresos esporádicos no permanentes (aguinaldos, bonos únicos), puede subsanar la inconsistencia y mantener su postulación vigente.

Resumen oficial SII

Aprueba Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre el Ministerio de Vivienda y Urbanismo y el Servicio de Impuestos Internos.

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Gestión Estratégica y Estudios Tributarios.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2023/reso138.pdf