Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 145 del 21 de Diciembre del 2023
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** El SII establece un registro oficial de precios corrientes en plaza para helicópteros, aviones y yates, aplicable al cálculo del impuesto establecido en el artículo 9 de la ley 21.420, determinando valores de referencia que los contribuyentes deben usar para la base imponible del tributo patrimonial sobre bienes de lujo. **¿A quién le importa esto?** Personas naturales y jurídicas que posean helicópteros, aviones y yates afectos al impuesto patrimonial de bienes de lujo establecido en la ley 21.420, así como asesores tributarios que calculen obligaciones patrimoniales sobre este tipo de activos. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué bienes quedan sujetos a precios de referencia oficiales del SII? → Helicópteros, aviones y yates según el artículo 9 de la ley 21.420. - ¿Para qué efectos tributarios se usan estos valores? → Para determinar la base imponible del impuesto patrimonial sobre bienes de lujo. - ¿Quién fija los precios corrientes en plaza de estos bienes? → El SII mediante resolución exenta, elaborada por la Subdirección de Avaluaciones. - ¿Puede el contribuyente usar un valor distinto al registro oficial? → No, debe aplicar el precio corriente en plaza fijado por el SII en el registro oficial. **Lo que debes tener claro:** - **Obligatoriedad del registro oficial:** los contribuyentes no pueden declarar valores distintos a los fijados por el SII para calcular el impuesto patrimonial, eliminando discrecionalidad en la tasación de estos activos de lujo. - **Aplica específicamente al impuesto de la ley 21.420:** este registro de precios no afecta otros tributos como el impuesto territorial o IVA, sino únicamente el gravamen patrimonial sobre bienes de alto valor establecido en dicha ley. - **Actualización periódica por el SII:** la resolución establece un mecanismo de mantención del registro, lo que implica que los valores pueden modificarse mediante nuevas resoluciones sin requerir cambio legal. - **Riesgo de subdeclaración automática:** declarar un valor inferior al registro oficial genera una diferencia que el SII puede fiscalizar directamente comparando con su base de precios, facilitando la detección de incumplimientos. **Ejemplo práctico:** Un contribuyente posee un yate marca Azimut modelo 60 adquirido en 2020. Para declarar el impuesto patrimonial del año tributario 2024 según la ley 21.420, debe consultar el registro oficial fijado por la Resolución Exenta N° 145 y usar el precio corriente en plaza que el SII estableció para ese modelo y año, por ejemplo 850.000.000 de pesos. Si el contribuyente declarara 600.000.000 alegando depreciación, estaría infringiendo la norma, pues debe aplicar el valor del registro oficial independientemente del precio de adquisición o estimaciones propias.
Resumen oficial SII
Fija registro del precio corriente en plaza de helicópteros, aviones y yates, según lo establecido en el artículo 9 de la ley 21.420.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2023/reso145.pdf