Resolución Exenta N° 26 · OTROS · 14/03/2023

Exclusión de régimen simplificado IVA por ilicitud

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 26 del 14 de Marzo del 2023

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 26 excluye del régimen de tributación simplificada del IVA a contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile cuando presten servicios con contenido ilícito, obligándolos a tributar bajo el régimen general. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes extranjeros sin domicilio ni residencia en Chile que prestan servicios digitales, de streaming, intermediación o cualquier servicio gravado con IVA en territorio nacional, especialmente aquellos cuyos servicios puedan involucrar contenido prohibido o ilegal bajo legislación chilena. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué contribuyentes quedan excluidos del régimen simplificado de IVA? → Los sin domicilio ni residencia en Chile que presten servicios con contenido ilícito. - ¿Qué régimen deben aplicar los contribuyentes excluidos? → El régimen general de IVA, con todas sus obligaciones de declaración y pago normales. - ¿Qué se considera contenido ilícito para estos efectos? → Servicios que infrinjan la legislación chilena vigente en materia penal, civil o administrativa. - ¿Esta exclusión es automática o requiere notificación del SII? → Es una determinación del SII mediante resolución que excluye formalmente al contribuyente. **Lo que debes tener claro:** - **La exclusión es por naturaleza del servicio, no por monto ni frecuencia:** basta que el contenido sea ilícito para perder el beneficio del régimen simplificado, independiente del volumen de operaciones. - **Afecta principalmente a plataformas digitales extranjeras:** servicios de streaming, redes sociales, intermediación digital y cualquier prestación transfronteriza que opere con contenido prohibido en Chile. - **Obligaciones se vuelven significativamente más complejas:** al pasar al régimen general, el contribuyente debe nombrar representante legal en Chile, llevar contabilidad completa y cumplir con todas las formalidades del IVA tradicional. - **Riesgo de fiscalización retroactiva:** contribuyentes que operaban bajo régimen simplificado con contenido posteriormente calificado como ilícito pueden enfrentar diferencias de impuesto y multas por incumplimiento de obligaciones del régimen general. **Ejemplo práctico:** Una plataforma de streaming sin domicilio en Chile, registrada bajo el régimen simplificado del artículo 3° de la Ley de IVA Digital, presta servicios de transmisión de contenido audiovisual a usuarios chilenos por un valor mensual de 85.000.000 de pesos. Si el SII determina mediante esta resolución que parte de su catálogo contiene material que infringe la Ley N° 19.733 sobre libertades de opinión, la plataforma queda excluida del régimen simplificado: debe designar representante legal en Chile, inscribirse en el RUT bajo régimen general, emitir facturas electrónicas, llevar libro de compras y ventas, y declarar mensualmente el IVA. Caso excepcional: Si la misma plataforma elimina completamente el contenido ilícito y solicita reincorporación, el SII puede evaluarla nuevamente para el régimen simplificado tras verificar el cumplimiento normativo.

Resumen oficial SII

Exclusión de contribuyentes sin domicilio ni residencia en chile del régimen de tributación simplificada de la ley sobre impuesto a las ventas y servicios, por prestaciones de servicios con contenido ilícito.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2023/reso26.pdf