Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 54 del 04 de Mayo del 2023
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 54 aprueba un convenio de colaboración entre el SII y el Instituto Profesional Chileno Británico de Cultura para actividades de educación tributaria, estableciendo que estas alianzas operan por acto administrativo interno sin afectar obligaciones de terceros. **¿A quién le importa esto?** Instituciones educativas, organismos sin fines de lucro, entidades de capacitación y contribuyentes interesados en programas de educación tributaria formalizados con el SII mediante convenios de colaboración mutua. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué tipo de convenios puede suscribir el SII con instituciones educativas? → Convenios de colaboración mutua para educación tributaria y capacitación ciudadana. - ¿Requieren estos convenios autorización o trámite de terceros? → No, se aprueban mediante resolución exenta del propio SII. - ¿Qué entidad específica se menciona en esta resolución? → El Instituto Profesional Chileno Británico de Cultura. - ¿Genera algún beneficio tributario automático para la institución? → No, el convenio no otorga franquicias ni exenciones tributarias por sí mismo. **Lo que debes tener claro:** - **Naturaleza administrativa interna:** estos convenios son actos del SII para organizar sus programas de educación tributaria, no constituyen beneficios ni cargas para contribuyentes externos. - **No confundir con donaciones culturales:** un convenio de colaboración no equivale a certificación para recibir donaciones con beneficio tributario del artículo 8 Ley 18.985 ni similares, que requieren procesos distintos. - **Sin efectos en fiscalización:** la existencia del convenio no modifica las facultades de fiscalización del SII ni las obligaciones tributarias de la institución firmante respecto de sus propias operaciones comerciales. - **Precedente para otras instituciones:** este tipo de resoluciones establece la facultad del SII de generar alianzas educativas directamente, sin necesidad de ley habilitante específica para cada caso individual. **Ejemplo práctico:** El Instituto Profesional Chileno Británico de Cultura suscribe con el SII un convenio para dictar charlas de educación tributaria a emprendedores. Este acuerdo, aprobado por Resolución Exenta N° 54, permite al instituto usar material oficial del SII y recibir apoyo logístico para 12 talleres anuales. Sin embargo, si el instituto emite facturas por 15.000.000 de pesos por servicios educativos regulares durante el año, debe declarar IVA normalmente: el convenio no le otorga exención ni tratamiento preferencial en sus obligaciones tributarias.
Resumen oficial SII
Aprueba convenio de colaboración mutua entre Servicio de Impuestos Internos e Instituto Profesional Chileno Británico de Cultura.
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2023/reso54.pdf