Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 60 del 17 de Mayo del 2023
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 60 establece que la obligación de emitir boleta de ventas y servicios, sea electrónica o física, solo rige para operaciones iguales o superiores a $1.000, dejando sin efecto el umbral de $100 que regía desde 1992. **¿A quién le importa esto?** Comerciantes minoristas, prestadores de servicios a consumidores finales, pequeños negocios y contribuyentes del régimen simplificado que realizan ventas de bajo monto unitario, especialmente aquellos con operaciones frecuentes bajo $1.000. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Desde qué monto es obligatorio emitir boleta? → Desde $1.000 pesos. Las operaciones bajo ese valor están liberadas. - ¿Qué pasa con la normativa anterior de $100? → Quedó derogada. La Resolución Ex. N° 3943 de 1992 fue reemplazada. - ¿Aplica tanto a boletas electrónicas como físicas? → Sí, el umbral rige para ambos tipos de documentos tributarios. - ¿Desde cuándo rige el nuevo monto mínimo? → Desde el 17 de mayo de 2023, fecha de publicación de la resolución. **Lo que debes tener claro:** - **Actualización tras 31 años sin ajuste:** el umbral de $100 estuvo vigente desde 1992, y la actualización a $1.000 refleja la pérdida de valor de la moneda y simplifica el control en operaciones de muy bajo monto. - **No exime del registro contable ni tributario:** aunque no se emita boleta bajo $1.000, las ventas deben registrarse igualmente para efectos de contabilidad y determinación de impuestos, especialmente en régimen simplificado. - **Riesgo en acumulación de operaciones pequeñas:** contribuyentes con alto volumen de transacciones bajo $1.000 deben mantener controles internos, ya que el total de ventas sí tributa aunque cada operación esté liberada de boleta. - **Facilita operaciones de kioscos y ferias:** negocios con productos de muy bajo precio unitario (dulces, frutas sueltas, cigarrillos) evitan el costo administrativo de emitir boleta en cada venta menor. **Ejemplo práctico:** Un kiosco vende chicles a $500 y bebidas a $1.200. La venta del chicle no requiere boleta según la Resolución N° 60, pero la bebida sí debe documentarse. Si un cliente compra 3 chicles ($1.500 total), la operación supera el umbral y requiere boleta por el monto agregado. El contribuyente debe igualmente registrar todas las ventas diarias en su libro de ingresos para declarar IVA mensual, independiente de si emitió o no boletas individuales.
Resumen oficial SII
Fija monto mínimo para la emisión de boletas de ventas y servicios. Deroga resolución Ex. SII N° 3943 de fecha 03.11.1992.
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2023/reso60.pdf