Resolución Exenta N° 70 · OTROS · 20/06/2023

Prórroga DJ precios de transferencia a 30 junio

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 70 del 20 de Junio del 2023

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 70 extiende el plazo de presentación de las declaraciones juradas de precios de transferencia (formularios 1907, 1937, 1950 y 1951) desde el 20 hasta el 30 de junio de 2023, aplicable a todos los contribuyentes obligados. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes obligados a informar operaciones con partes relacionadas extranjeras, transacciones con paraísos fiscales, o que deben presentar declaración jurada informativa de precios de transferencia según los artículos 41 E y 41 H de la Ley sobre Impuesto a la Renta. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué formularios quedan afectados por la prórroga? → Los formularios 1907, 1937, 1950 y 1951 de precios de transferencia. - ¿Cuál es el nuevo plazo de vencimiento? → 30 de junio de 2023, extendido desde el 20 de junio original. - ¿Quiénes pueden acogerse a esta extensión? → Todos los contribuyentes obligados a presentar estas declaraciones juradas, sin excepción. - ¿Se requiere solicitar la prórroga individualmente? → No, la extensión opera automáticamente para todos los obligados. **Lo que debes tener claro:** - **Extensión automática y universal:** no se requiere trámite ni solicitud previa, todos los contribuyentes obligados quedan cubiertos por la prórroga sin distinción de tamaño o sector. - **Alcance limitado a declaraciones juradas específicas:** solo aplica a los formularios 1907, 1937, 1950 y 1951 relacionados con precios de transferencia, no afecta otras declaraciones ni obligaciones tributarias del mismo periodo. - **Oportunidad para completar información compleja:** los 10 días adicionales permiten refinar análisis de comparabilidad, documentar transacciones internacionales y revisar estudios de benchmarking sin apresuramiento. - **Sin prórroga del plazo de fiscalización:** aunque el vencimiento se extiende, la fecha de presentación efectiva puede influir en tiempos de revisión posterior y requerimientos del SII durante fiscalizaciones de precios de transferencia. **Ejemplo práctico:** Una empresa farmacéutica chilena tiene operaciones de importación de principios activos desde su matriz suiza por 2.800.000.000 de pesos y debe presentar el formulario 1907 con su estudio de precios de transferencia. Originalmente debía presentarlo el 20 de junio, pero gracias a la Resolución Exenta N° 70 cuenta hasta el 30 de junio para completar su análisis de comparables y documentar las políticas de pricing internas sin incurrir en multas por presentación fuera de plazo.

Resumen oficial SII

Prórroga del plazo de presentación de declaraciones juradas en materia de precios de transferencia, formularios N°s 1907, 1937, 1950 y 1951.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2023/reso70.pdf