Resolución Exenta N° 79 · IVA · 29/06/2023

Nómina agentes retenedores IVA actualizada

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 79 del 29 de Junio del 2023

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 79 actualiza las nóminas de agentes retenedores y contribuyentes sujetos a retención de IVA bajo el mecanismo de cambio de sujeto establecido en la Resolución Ex. N° 42 de 2018, determinando qué empresas deben retener IVA en lugar de que lo declare el vendedor. **¿A quién le importa esto?** Empresas incluidas en las nóminas de agentes retenedores obligados a retener IVA en sus compras, y proveedores de estas empresas que quedan sujetos a retención en lugar de declarar directamente el IVA de sus ventas a estos agentes. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué establece esta Resolución Exenta N° 79? → Fija y actualiza las nóminas oficiales de agentes retenedores y contribuyentes sujetos a retención de IVA para el período. - ¿Qué normativa rige este mecanismo de retención? → La Resolución Ex. SII N° 42 del 30 de abril de 2018, que implementó el cambio de sujeto para IVA. - ¿Quién debe retener el IVA bajo este sistema? → Las empresas incluidas en la nómina de agentes retenedores designados por el SII. - ¿Qué pasa con el proveedor sujeto a retención? → No declara ni paga el IVA de esas ventas; el agente retenedor lo hace por él mediante retención. **Lo que debes tener claro:** - **Obligación automática por inclusión en nómina:** las empresas designadas como agentes retenedores deben aplicar la retención desde su inclusión oficial, sin necesidad de notificación individual previa. - **El cambio de sujeto invierte la responsabilidad tributaria:** el IVA de la operación lo declara y paga el comprador (agente retenedor), no el vendedor, alterando los flujos de caja y declaraciones de ambas partes. - **Actualización periódica de nóminas:** el SII emite resoluciones como esta regularmente para incorporar o excluir contribuyentes del régimen, por lo que empresas deben verificar su estado vigente antes de cada período tributario. - **Riesgo de incumplimiento por desconocimiento:** proveedores que desconocen estar en la nómina de sujetos a retención pueden declarar y pagar IVA que ya fue retenido, generando pagos duplicados y engorrosos procesos de devolución. **Ejemplo práctico:** Una empresa proveedora de insumos industriales vende productos por 10.000.000 de pesos netos (IVA 1.900.000) a una empresa minera incluida en la nómina de agentes retenedores según la Resolución Ex. N° 79. La minera debe retener los 1.900.000 de IVA y declararlos en su F29, pagando al proveedor solo los 10.000.000 netos. El proveedor no debe declarar ni pagar esos 1.900.000 en su propio F29 , sino registrar la venta como exenta de declaración por retención. Si el proveedor desconoce su condición y declara el IVA normalmente, habrá pagado dos veces el mismo impuesto.

Resumen oficial SII

Fija nóminas de agentes retenedores y de contribuyentes sujetos a retención, conforme a resolución Ex. SII N° 42, de 30 de abril de 2018, que dispuso el cambio de sujeto para el cumplimiento de IVA.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2023/reso79.pdf