Materia del circular
Circular N° 29 del 09 de Julio del 2024
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Circular N° 29 establece los valores diarios oficiales de la Unidad de Fomento que deben utilizarse para determinar montos en operaciones de crédito de dinero y obligaciones tributarias reajustables durante el período del 10 de julio al 9 de agosto de 2024. **¿A quién le importa esto?** Instituciones financieras, bancos, cajas de compensación, empresas que otorgan créditos reajustables en UF, contribuyentes con obligaciones tributarias expresadas en UF, y contadores que calculan intereses, reajustes o impuestos referenciados a esta unidad. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué período cubren los valores UF de esta Circular? → Del 10 de julio de 2024 al 9 de agosto de 2024, ambos inclusive. - ¿Para qué operaciones son vinculantes estos valores? → Operaciones de crédito de dinero, obligaciones reajustables y cálculos tributarios que referencien UF. - ¿Quién emite oficialmente estos valores de UF? → El Servicio de Impuestos Internos mediante circular mensual, basándose en datos del Banco Central. - ¿Qué pasa si se usa un valor UF distinto al oficial? → La operación puede ser rechazada fiscalmente y generar diferencias tributarias o reajustes incorrectos. **Lo que debes tener claro:** - **Vigencia diaria específica:** cada día del período tiene un valor UF determinado que debe usarse para operaciones ejecutadas o devengadas en esa fecha exacta. - **Obligatoriedad para efectos tributarios:** estos valores son los únicos válidos para liquidar impuestos, reajustes legales y cumplir obligaciones ante el SII durante el mes. - **Coordinación con instituciones financieras:** bancos y financieras deben alinear sus sistemas de cálculo de cuotas, intereses y seguros con los valores de esta circular. - **Publicación mensual anticipada:** el SII publica estos valores antes del inicio del período para permitir planificación, pero cualquier corrección posterior del Banco Central debe ser incorporada. **Ejemplo práctico:** Una empresa otorga un crédito hipotecario de 3.000 UF el 15 de julio de 2024. Según la Circular 29, debe usar el valor UF oficial de ese día (supongamos $36.850,45) para convertir el monto a pesos: 3.000 × $36.850,45 = $110.551.350. Si la primera cuota vence el 15 de agosto, deberá usar el valor UF del período siguiente (próxima circular) para calcular el monto en pesos de esa cuota.
Resumen oficial SII
Operaciones de crédito de dinero. Valor de la Unidad de Fomento para los días comprendidos entre el 10 de julio de 2024 y el 9 de agosto de 2024, ambos inclusive.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2024/circu29.pdf