Materia del circular
Circular N° 42 del 10 de Octubre del 2024
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Circular N° 42 establece las tablas de impuesto único de segunda categoría que los empleadores deben aplicar obligatoriamente en las remuneraciones pagadas durante noviembre de 2024, actualizando los tramos y tasas según la variación del IPC. **¿A quién le importa esto?** Empleadores que actúan como agentes retenedores de impuesto único de segunda categoría, departamentos de remuneraciones, contadores que liquidan sueldos, y trabajadores dependientes que desean verificar la retención correcta en sus liquidaciones mensuales. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Desde cuándo rigen estas tablas de retención? → Se aplican obligatoriamente a todas las remuneraciones pagadas durante noviembre de 2024. - ¿Qué empleadores deben usar estas tablas? → Todos los que paguen rentas del trabajo dependiente sujetas a impuesto único de segunda categoría. - ¿Cómo se actualizan los tramos de las tablas? → Mediante la variación del IPC entre períodos, ajustando los rangos de renta imponible y las tasas progresivas. - ¿Qué pasa si un empleador no aplica la tabla vigente? → Incurre en retenciones incorrectas, exponiéndose a diferencias de impuesto, multas y reclamos del trabajador. **Lo que debes tener claro:** - **Aplicación obligatoria inmediata:** los empleadores deben reemplazar las tablas del mes anterior por estas nuevas al liquidar sueldos de noviembre, sin período de gracia ni transición. - **Los tramos se reajustan mensualmente por IPC:** cada circular actualiza los rangos de renta imponible y las tasas marginales, por lo que usar tablas de meses anteriores genera retenciones erróneas. - **Afecta también a honorarios asimilados a sueldos:** si bien la circular menciona segunda categoría, las instrucciones adicionales suelen incluir precisiones para rentas accesorias o complementarias sujetas al mismo régimen. - **Riesgo de contingencias laborales:** retener de más genera reclamos del trabajador y obliga a devoluciones; retener de menos expone al empleador a fiscalización y al trabajador a diferencias en operación renta. **Ejemplo práctico:** Una empresa paga en noviembre 2024 un sueldo bruto de 1.800.000 pesos a un trabajador. Según la tabla vigente para noviembre, ese monto cae en el tramo con tasa marginal del 8% sobre el exceso de 1.500.000 pesos, resultando en una retención de 24.000 pesos más el impuesto del tramo inferior. Si el empleador usara por error la tabla de octubre, con tramos distintos, podría retener 30.000 pesos, generando un descuento indebido de 6.000 pesos que el trabajador puede reclamar y que obliga a rectificar la liquidación.
Resumen oficial SII
Tablas de impuesto único de segunda categoría para el mes de noviembre de 2024 e información adicional relacionada con dicho tributo.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2024/circu42.pdf