Materia del oficio
Código Tributario – Art. 6, Letra A), N° 1 – Ley N° 21.591, Art. 10, Art. 12.
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** El artículo 10 de la Ley 21.591 obliga a contribuyentes con contabilidad completa a remitir estados financieros al SII mediante sistemas certificados, salvo que estén exceptuados expresamente por la normativa vigente o ya cumplan con envíos equivalentes bajo otras disposiciones. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes obligados a llevar contabilidad completa según el Código de Comercio y normativa tributaria, particularmente sociedades anónimas, SpA, y empresas sujetas a fiscalización financiera que deben reportar estados financieros al SII bajo la Ley 21.591. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Quiénes deben remitir estados financieros bajo el Art. 10 de la Ley 21.591? → Contribuyentes obligados a llevar contabilidad completa, salvo excepciones legales expresas. - ¿Cómo se deben enviar los estados financieros? → Mediante sistemas tecnológicos certificados que cumplan con los estándares definidos por el SII. - ¿Existen contribuyentes exceptuados de esta obligación? → Sí, aquellos expresamente liberados por norma o que ya remitan información equivalente bajo otros regímenes. - ¿Qué pasa si un contribuyente ya envía estados financieros por otra vía? → No debe duplicar el envío si ya cumple con remisiones equivalentes bajo normativa específica vigente. **Lo que debes tener claro:** - **Obligación vinculada a contabilidad completa:** solo afecta a quienes están legalmente obligados a llevar contabilidad según el Código de Comercio, no a contribuyentes con registros simplificados. - **Sistemas tecnológicos certificados obligatorios:** el envío manual o por canales no autorizados no cumple con la normativa; debe usarse infraestructura validada por el SII. - **Excepciones expresas evitan duplicidad:** contribuyentes que ya reportan bajo regímenes especiales (ej: bancos, compañías de seguros) pueden estar liberados si su información cumple los mismos estándares. - **Riesgo de sanciones por incumplimiento:** no remitir estados financieros dentro de plazo o formato exigido puede derivar en multas según Art. 97 del Código Tributario por infracción a deberes formales. **Ejemplo práctico:** Una sociedad anónima cerrada con ingresos anuales de 800.000.000 de pesos debe remitir sus estados financieros auditados al cierre del ejercicio 2024 mediante el sistema certificado habilitado por el SII, cumpliendo con el Art. 10 de la Ley 21.591. Sin embargo, si esta misma sociedad ya está obligada a enviar estados financieros a la CMF bajo supervisión de otra norma con formato equivalente, no deberá duplicar el envío al SII.
Resumen oficial SII
Obligación de remitir los estados financieros establecida en el artículo 10 de la Ley N° 21.591