Resolución Exenta N° 101 · OTROS · 24/10/2024

Comprobante digital reemplaza boleta extranjeros

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 101 del 24 de Octubre del 2024

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** Los trabajadores independientes sin domicilio ni residencia en Chile que prestan servicios a través de plataformas digitales pueden documentar sus ingresos mediante comprobante de pago electrónico emitido por la plataforma, sin necesidad de emitir boletas de honorarios. **¿A quién le importa esto?** Trabajadores independientes extranjeros que prestan servicios a través de plataformas digitales (delivery, transporte, freelancing) sin tener domicilio ni residencia en Chile, así como las plataformas que intermedian dichos servicios y deben documentar los pagos realizados. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Cómo documentan sus servicios los independientes extranjeros en plataformas digitales? → Mediante comprobante de pago electrónico emitido por la plataforma digital. - ¿Están obligados estos trabajadores a emitir boletas de honorarios? → No, quedan eximidos si la plataforma emite el comprobante de pago electrónico. - ¿Qué información debe contener el comprobante electrónico? → Identificación del trabajador, monto pagado, fecha, descripción del servicio y datos de la plataforma. - ¿La plataforma digital tiene alguna obligación tributaria adicional? → Sí, debe emitir y conservar los comprobantes electrónicos conforme a la normativa vigente. **Lo que debes tener claro:** - **Requisito esencial: ausencia de domicilio y residencia en Chile:** la excepción solo aplica a trabajadores que no tienen domicilio ni residencia tributaria en el país, no a cualquier extranjero que preste servicios ocasionales. - **La plataforma asume la responsabilidad de documentación:** al emitir el comprobante electrónico, la plataforma digital se convierte en responsable de la correcta documentación del servicio y debe mantener los registros disponibles para fiscalización. - **No exime de otras obligaciones tributarias:** aunque no emitan boleta, los trabajadores extranjeros pueden tener obligaciones de declarar rentas de fuente chilena si superan umbrales o tienen presencia económica significativa según tratados internacionales. - **Riesgo de fiscalización cruzada:** el SII puede verificar la concordancia entre los comprobantes emitidos por plataformas y los pagos efectivamente realizados, identificando posibles omisiones si existen transferencias no documentadas o trabajadores mal clasificados como no residentes. **Ejemplo práctico:** Un conductor venezolano sin residencia en Chile presta servicios de transporte a través de una plataforma digital durante tres meses mientras gestiona su visa. En ese período genera ingresos por 1.800.000 pesos. La plataforma digital emite comprobantes de pago electrónicos por cada transferencia semanal (aproximadamente 150.000 pesos cada una), detallando fecha, monto, identificación del conductor con pasaporte y descripción del servicio. El conductor no necesita inscribirse en el SII ni emitir boletas. Excepción: si ese mismo conductor obtiene residencia temporal y permanece en Chile más de seis meses del año calendario, pierde la calidad de no residente y debe comenzar a emitir boletas por sus servicios, ya que el comprobante electrónico solo aplica mientras mantenga su condición de extranjero sin domicilio ni residencia.

Resumen oficial SII

Instruye sobre la forma de documentar los servicios prestados por trabajadores independientes de plataformas digitales sin domicilio o residencia en Chile

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2024/reso101.pdf