Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 110 del 28 de Noviembre del 2024
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 110 establece el procedimiento de fiscalización en controles carreteros móviles habilitados por el SII, obligando a los conductores de vehículos de transporte de carga a detenerse, exhibir documentación tributaria y someterse a inspección, bajo sanción de multa por incumplimiento. **¿A quién le importa esto?** Empresas de transporte de carga, transportistas independientes, conductores de vehículos de carga y contribuyentes que movilizan mercancías por carretera, sujetos a controles tributarios móviles del SII en rutas habilitadas. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué vehículos están obligados a detenerse en los controles carreteros del SII? → Todos los vehículos de transporte de carga que circulen por rutas donde el SII habilite controles móviles. - ¿Qué documentación deben exhibir los transportistas en el control? → Guías de despacho, facturas, documentos de transporte y toda documentación tributaria que respalde la carga movilizada. - ¿Qué sanción aplica por no detenerse o no exhibir documentos? → Multa administrativa según las facultades de fiscalización del SII, más eventuales presunciones de operaciones no documentadas. - ¿El SII puede inspeccionar físicamente la carga del vehículo? → Sí, la fiscalización incluye revisión física de la carga para verificar concordancia con la documentación tributaria. **Lo que debes tener claro:** - **Obligación de detención inmediata:** los conductores deben detenerse al ser requeridos por funcionarios del SII en controles habilitados, sin excepción de horario ni tipo de carga. - **Documentación completa y correlativa:** no basta con portar facturas; se requiere que guías de despacho, documentos de transporte y facturas coincidan entre sí y con la carga física transportada. - **Sanciones acumulativas:** además de la multa directa por incumplimiento, el SII puede presumir operaciones no declaradas si la mercancía no está respaldada, generando diferencias de IVA y renta. - **Controles móviles sin aviso previo:** a diferencia de fiscalizaciones en domicilio, estos controles operan sin notificación anticipada y pueden instalarse en cualquier ruta habilitada por el Servicio. **Ejemplo práctico:** Un camión que transporta 15.000 kilos de productos alimenticios desde Santiago a Temuco es detenido en un control carretero móvil del SII en la Ruta 5 Sur. El conductor exhibe 8 guías de despacho que suman 12.000 kilos, sin documentación para los 3.000 kilos restantes. El SII levanta acta de fiscalización, aplica multa por documentación incompleta y notifica al contribuyente emisor de la carga para que acredite la operación completa dentro de 10 días hábiles, bajo apercibimiento de tasar el IVA y renta no declarada sobre los 3.000 kilos sin respaldo. Si el contribuyente no regulariza, el SII puede presumir una venta afecta a IVA 19% sobre el valor de mercado estimado de esos kilos.
Resumen oficial SII
Fija forma de hacer efectiva la Fiscalización en los controles carreteros o móviles, habilitados por este servicio, a los vehículos de transporte de carga y Sanciona su incumplimiento
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2024/reso110.pdf