Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 126 del 20 de Diciembre del 2024
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 126 complementa la lista de avaluadores autorizados establecida en la Resolución Exenta N° 08 de 2024, actualizando el registro de profesionales habilitados para realizar tasaciones con validez tributaria ante el SII. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes que requieren tasaciones de bienes raíces o activos para efectos tributarios (herencias, reorganizaciones, enajenaciones, declaraciones juradas), y profesionales tasadores que buscan operar con reconocimiento oficial del SII. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué actualiza la Resolución Exenta N° 126 de 2024? → Complementa y actualiza la lista anexa de avaluadores autorizados establecida en la Resolución Exenta N° 08 de 2024. - ¿Qué efecto tiene esta actualización para los contribuyentes? → Solo las tasaciones realizadas por avaluadores incluidos en la lista actualizada tienen validez tributaria ante el SII. - ¿Dónde se consulta la lista vigente de avaluadores autorizados? → En el sitio web del SII, considerando tanto la Res. Ex. 08/2024 como sus complementos posteriores incluyendo la 126/2024. - ¿Qué pasa si se usa un tasador no incluido en la lista? → La tasación carecerá de validez tributaria y el SII puede rechazarla o determinar valores propios mediante fiscalización. **Lo que debes tener claro:** - **La lista de avaluadores es dinámica y requiere verificación permanente:** no basta conocer la resolución inicial del año, sino que deben consultarse sus complementos periódicos para confirmar vigencia del profesional. - **Impacto directo en operaciones con componente de valoración:** reorganizaciones empresariales, determinación de capital propio tributario, tasaciones para herencias y donaciones dependen de que el avaluador esté registrado. - **Diferencia con tasadores CMF:** mientras las sociedades tasadoras para fines educacionales solo requieren registro CMF, los avaluadores de bienes raíces y activos para fines tributarios generales necesitan estar en el registro específico del SII. - **Riesgo de invalidez retroactiva:** si un avaluador es removido de la lista entre la fecha de tasación y la fecha de uso tributario, el contribuyente puede enfrentar rechazo de la valoración incluso habiendo actuado de buena fe. **Ejemplo práctico:** Una empresa necesita tasar un inmueble comercial avaluado en 800.000.000 de pesos para efectos de determinar el valor de aporte en una fusión por creación que ocurrirá en enero 2025. Contrata a un tasador que estaba en la lista de la Res. Ex. 08/2024 en julio, pero antes de presentar la declaración jurada de reorganización en marzo 2025, debe verificar que ese profesional siga vigente considerando la Res. Ex. 126/2024 y cualquier otra complementaria posterior. Si el tasador fue removido, la tasación carecerá de validez y la empresa deberá contratar un nuevo avaluador autorizado, retrasando el proceso de reorganización.
Resumen oficial SII
Complementa lista anexa de la Resolución Exenta N°08 de 2024.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2024/reso126.pdf