Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 18 del 31 de Enero del 2024
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** El SII establece mediante Resolución Exenta N° 18 un formulario específico para que los explotadores mineros sujetos al royalty minero de las leyes 21.591 y 21.647 declaren y paguen sus pagos provisionales mensuales obligatorios, diferenciándolos del régimen tributario general. **¿A quién le importa esto?** Empresas explotadoras mineras sujetas al impuesto royalty minero establecido en la Ley N° 21.591 (modificada por Ley N° 21.647), que deben cumplir con la obligación de efectuar pagos provisionales mensuales sobre sus ventas o ingresos mineros. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Quiénes deben usar este nuevo formulario? → Explotadores mineros obligados a pagar el royalty minero según leyes 21.591 y 21.647. - ¿Qué se declara en este formulario? → Los pagos provisionales mensuales (PPM) obligatorios asociados al royalty minero. - ¿Desde cuándo rige este formulario? → Desde el 31 de enero de 2024, según fecha de publicación de la resolución. - ¿Es diferente al formulario de PPM general? → Sí, es un formulario específico para el régimen especial del royalty minero. **Lo que debes tener claro:** - **Formulario especializado exclusivo para royalty minero:** no se utiliza el formulario de PPM general (F29), sino uno específico creado para el régimen tributario minero de las leyes 21.591 y 21.647. - **Obligación mensual independiente:** los explotadores mineros deben declarar y pagar estos PPM todos los meses, separadamente de sus otras obligaciones tributarias como empresas. - **Aplica solo a contribuyentes del royalty:** empresas mineras no sujetas al royalty (por tamaño, tipo de mineral o régimen) no están obligadas a usar este formulario. - **Riesgo de usar formulario incorrecto:** declarar estos PPM en el formulario general puede generar inconsistencias en la fiscalización y dificultar la correcta imputación de los pagos al impuesto anual del royalty. **Ejemplo práctico:** Una empresa minera que extrae cobre y tiene ventas anuales superiores a 50.000 toneladas métricas de cobre fino equivalente está sujeta al royalty minero de la Ley 21.591. En febrero de 2024, debe declarar sus ventas de enero (valoradas en 2.800.000.000 de pesos) y calcular el PPM correspondiente: debe utilizar el nuevo formulario específico de la Resolución N° 18, no el F29 tradicional. Si usa el formulario equivocado, el sistema del SII no reconocerá automáticamente ese pago como anticipo del royalty anual.
Resumen oficial SII
Establece formulario para declarar y pagar los pagos provisionales mensuales obligatorios aplicable a explotadores mineros sujetos al impuesto denominado royalty minero, establecido en la Ley N° 21.591, modificada por la Ley N° 21.647.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2024/reso18.pdf