Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 25 del 07 de Febrero del 2024
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 25 aprueba un convenio entre el SII y el Consejo Nacional de Televisión que permite el intercambio de información tributaria protegida por secreto, facilitando la fiscalización de concesionarios televisivos y el cumplimiento de obligaciones del sector audiovisual. **¿A quién le importa esto?** Concesionarios de televisión abierta y por suscripción, empresas de producción audiovisual, contribuyentes del sector de medios de comunicación que operan bajo fiscalización del CNTV, y profesionales tributarios que asesoran a estos sectores. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué información puede compartir el SII con el CNTV? → Datos tributarios protegidos por secreto que el CNTV requiera para fiscalizar concesionarios de televisión. - ¿Qué norma permite este intercambio de información? → El artículo 8 ter del Código Tributario, que autoriza convenios de colaboración con entidades públicas. - ¿El CNTV puede usar esta información para otros fines? → No, solo para fiscalización de concesionarios televisivos bajo su competencia legal. - ¿Se rompe el secreto tributario con este convenio? → No, la información sigue protegida y el CNTV queda sujeto a las mismas obligaciones de confidencialidad. **Lo que debes tener claro:** - **El convenio opera bajo estricto secreto tributario:** el CNTV no puede divulgar ni usar para fines distintos a su mandato fiscalizador la información recibida del SII, manteniéndose todas las sanciones por vulneración del artículo 35 del Código Tributario. - **Aplica específicamente al sector televisivo:** solo concesionarios de televisión abierta, servicios limitados de televisión y productoras audiovisuales bajo supervisión del CNTV quedan alcanzados por este intercambio de datos. - **Fundamento en colaboración interinstitucional:** el artículo 8 ter del Código Tributario permite expresamente que el SII comparta información con organismos públicos cuando existe finalidad de fiscalización sectorial, sin constituir infracción al secreto. - **Riesgo de solicitudes indebidas:** contribuyentes del sector audiovisual pueden enfrentar requerimientos del CNTV respaldados en información tributaria que antes era inaccesible, exigiendo mayor alineación entre declaraciones al SII y reportes al regulador sectorial. **Ejemplo práctico:** Una concesionaria de televisión abierta declara ingresos por publicidad de 2.800.000.000 de pesos anuales en su declaración de IVA y renta ante el SII. El CNTV, en ejercicio de su facultad fiscalizadora sobre cumplimiento de cuotas de pantalla y obligaciones de programación, solicita al SII información sobre ingresos y estructura de costos de la concesionaria. Bajo este convenio, el SII puede entregar esos datos tributarios al CNTV, quien los usa para verificar si la concesionaria cumple con sus obligaciones regulatorias pero no puede divulgarlos públicamente ni usarlos para fines distintos a su fiscalización sectorial.
Resumen oficial SII
Aprueba convenio de colaboración entre Servicio de Impuestos Internos y Consejo Nacional de Televisión
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2024/reso25.pdf