Resolución Exenta N° 28 · OTROS · 21/02/2024

Prórroga F29 y F50 febrero hasta 28 de marzo

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 28 del 21 de Febrero del 2024

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N°28 otorga prórroga hasta el 28 de marzo de 2024 para presentar los formularios 29 y 50 correspondientes a febrero 2024, en aplicación del Decreto Supremo N°71 del Ministerio de Hacienda. **¿A quién le importa esto?** Todos los contribuyentes con obligación de presentar declaraciones mensuales de IVA (F29) o de retenciones (F50) correspondientes al período tributario febrero 2024, que originalmente vencían en marzo según calendario normal. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Hasta qué fecha se extiende el plazo para presentar F29 y F50 de febrero 2024? → Hasta el 28 de marzo de 2024, independiente del último dígito del RUT. - ¿Qué formularios específicos están incluidos en esta prórroga? → Formulario 29 (declaración mensual de IVA) y Formulario 50 (declaración de retenciones). - ¿Cuál es la base legal de esta extensión de plazo? → Decreto Supremo N°71 de 2024 del Ministerio de Hacienda. - ¿Aplica multas o intereses por declarar entre la fecha original y el 28 de marzo? → No, la prórroga es oficial y no genera sanciones dentro del nuevo plazo. **Lo que debes tener claro:** - **Prórroga excepcional y única:** esta extensión aplica específicamente al período febrero 2024, no establece un cambio permanente en los calendarios de vencimiento habituales para períodos posteriores. - **Ampara ambas declaraciones simultáneamente:** tanto contribuyentes con obligación de F29, como aquellos con F50, o ambos formularios, pueden acogerse al mismo plazo extendido hasta el 28 de marzo. - **No requiere solicitud individual:** la prórroga opera automáticamente para todos los contribuyentes obligados, sin necesidad de presentar peticiones o justificaciones ante el SII. - **Riesgo de confusión con períodos siguientes:** contribuyentes pueden asumir erróneamente que marzo 2024 también tiene prórroga, cuando esta medida solo beneficia las declaraciones de febrero 2024. **Ejemplo práctico:** Una empresa comercial con RUT terminado en 5, cuyo vencimiento original para el F29 de febrero 2024 era el 12 de marzo según calendario normal, puede ahora presentar su declaración hasta el 28 de marzo sin multas ni intereses. Lo mismo aplica si además debe presentar F50 por retenciones de honorarios: ambos formularios gozan del plazo extendido. Sin embargo, su declaración de marzo 2024 volverá al calendario habitual con vencimiento en abril.

Resumen oficial SII

Instruye sobre prórroga del plazo para la presentación de los formularios números 29 y 50 hasta 28 de marzo de 2024, conforme al Decreto Supremo Nº 71 de 2024, del Ministerio de Hacienda.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2024/reso28.pdf