Resolución Exenta N° 81 · OTROS · 29/08/2024

Autorización SII a prestador de certificación digital

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 81 del 29 de Agosto del 2024

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** El SII acredita y autoriza mediante resolución exenta a entidades específicas para actuar como prestadores de servicios de certificación digital de identidades y emitir certificados digitales válidos para trámites y pagos tributarios. **¿A quién le importa esto?** Empresas prestadoras de servicios de certificación digital que deseen ofrecer certificados digitales válidos para operaciones tributarias ante el SII, así como contribuyentes que requieren usar firmas electrónicas en trámites con el servicio. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Puede cualquier empresa emitir certificados digitales para uso tributario? → No, solo aquellas expresamente autorizadas por resolución exenta del SII. - ¿Qué tipo de certificados pueden emitir estas entidades autorizadas? → Certificados digitales de identidad válidos para trámites y pagos tributarios ante el SII. - ¿Cómo se obtiene la autorización para ser prestador certificador? → Mediante acreditación y autorización formal del SII a través de resolución exenta. - ¿Los certificados de prestadores no autorizados sirven para trámites tributarios? → No, solo son válidos los certificados emitidos por entidades expresamente autorizadas por el SII. **Lo que debes tener claro:** - **La autorización es requisito obligatorio y previo:** ninguna entidad puede emitir certificados digitales con validez tributaria sin contar con resolución exenta del SII que la acredite y autorice expresamente. - **Diferencia entre certificación comercial y tributaria:** una empresa puede estar autorizada para emitir certificados digitales comerciales pero carecer de autorización para certificados de uso tributario, siendo ámbitos distintos. - **Validez exclusiva para operaciones con el SII:** estos certificados digitales autorizados son específicamente para trámites y pagos ante el servicio, no necesariamente válidos para otros organismos públicos sin sus propias autorizaciones. - **Riesgo para contribuyentes mal informados:** quienes adquieran certificados digitales de prestadores no autorizados por el SII verán rechazados sus trámites tributarios electrónicos, debiendo repetir el proceso con certificado válido. **Ejemplo práctico:** Una empresa de certificación digital opera legalmente en Chile emitiendo certificados para firmas electrónicas comerciales. Un contribuyente contrata sus servicios para obtener un certificado digital por 35.000 pesos anuales, esperando usarlo para presentar declaraciones de IVA electrónicamente. Al intentar el trámite en el sitio del SII, el sistema rechaza el certificado porque la empresa emisora no figura en la lista de prestadores autorizados mediante resolución exenta. El contribuyente debe contratar un nuevo certificado con un prestador autorizado por el SII, perdiendo el pago inicial.

Resumen oficial SII

Acredita y autoriza a contribuyente que indica para actuar como prestador de servicios de certificación digital de identidades y emitir certificados digitales de uso y pago tributario.

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Tecnologías de la Información

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2024/reso81.pdf